Mediante Resolución No. JPRF-F-2023-070 del 22 de junio de 2023, la Junta de Política y Regulación Financiera reformó las normas para el establecimiento de las tasas de interés activas máximas del sistema financiero nacional.

Resumen de la Resolución

Las tasas de interés activas máximas para cada uno de los segmentos de la cartera de crédito de las entidades del sistema financiero nacional serán establecidas por la Junta de Política y Regulación Financiera. Esta Junta publicará mensualmente el resultado de la aplicación del sistema de tasas de interés (antes, las tasas de interés activas máximas tenían una vigencia semestral).

Se mantienen los valores de las tasas de interés activas efectivas máximas establecidas por la Resolución Nro. JPRF-F-2022-031 del 29 de junio de 2022 con excepción de las de los subsegmentos Productivo Corporativo y Productivo Empresarial. Respecto de estos subsegmentos se ha establecido lo siguiente:

Productivo Corporativo:

La tasa activa efectiva máxima será la correspondiente a la Tasa Activa Efectiva Referencial del sector productivo corporativo, publicada por el Banco Central del Ecuador (BCE) del mes inmediato anterior al de su vigencia más 2 desviaciones estándar. La desviación estándar será móvil y se obtendrá de la serie de los últimos 12 meses de la tasa activa referencial del segmento productivo corporativo.

Productivo Empresarial:

La tasa activa efectiva máxima será la correspondiente a la Tasa Activa Efectiva Referencial del sector productivo empresarial del mes inmediato anterior al de su vigencia más 2 desviaciones estándar. La desviación estándar será móvil y se obtendrá de la serie de los últimos 12 meses de la tasa referencial del segmento productivo empresarial.

A partir del 1 de julio de 2023, las tasas de interés máximas establecidas por esta resolución para las operaciones activas se aplicarán para las operaciones de crédito otorgadas o reajustadas por las entidades financieras.

La tasa de interés legal corresponde a la tasa de interés activa efectiva referencial para el segmento productivo corporativo y regirá por periodos mensuales. En caso de no determinarse para el período siguiente, regirá la última tasa publicada por el BCE.

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