Durante el mes de enero se deben cumplir con las siguientes obligaciones societarias y tributarias.

Plazos y Términos de todos los Procesos Administrativos Tributarios y Plazos de Prescripción de la Acción de Cobro.

Hasta el 17 de enero de 2021, inclusive, el SRI suspendió los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro (Resolución No. NAC-DERCGC20-81)

Hasta el 20 de enero de 2021, inclusive, el SENAE suspendió los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro (Resolución No. SENAE-2020-0062-RE)

Nueva Tabla para Aplicar el Impuesto a la Renta de Personas Naturales en 2021

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000077 emitida el 23 de diciembre de 2020, la Directora General del Servicio de Rentas Internas estableció las tablas para liquidar el Impuesto a la Renta aplicables para el período fiscal 2021.

Fracción BásicaExcesoImpuesto Sobre Fracción Básica% de Impuesto Sobre Fracción Excedente
011.21200%
11.21214.28505%
14.28517.85415410%
17.85421.44251112%
21.44242.87494115%
42.87464.2974.15620%
64.29785.7298.44025%
85.729114.28813.79830%
114.288En adelante22.36635%

Presentación de Proyección de Gastos Personales

Todo contribuyente que trabaja bajo relación de dependencia presentará a su empleador una proyección de los gastos personales susceptibles de deducción de sus ingresos para efecto de cálculo del Impuesto a la Renta que considere incurrirá en el ejercicio económico en curso. Dicho documento deberá contener el concepto y el monto estimado o proyectado durante todo el ejercicio fiscal.

Entrega del Comprobante de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta por Ingresos del Trabajo en Relación de Dependencia (Formulario 107)

Estos comprobantes deberán ser entregados por los empleadores a sus trabajadores máximo hasta el 31 de enero del año siguiente al que correspondan los ingresos y las retenciones; los comprobantes deberán ser generados en febrero a través del Anexo de Retenciones en la Fuente bajo Relación de Dependencia (RDEP).

Presentación de Declaración Anual de Desechos Peligrosos

El artículo 237 del Código Orgánico del Ambiente establece que todo generador de desechos peligrosos deberá obtener una autorización administrativa. El generador de los desechos será responsable del manejo ambiental de los mismos desde su generación hasta su eliminación y disposición final.

El generador será solidariamente responsable en caso de incidentes que produzcan contaminación y daño ambiental. Una de las obligaciones del generador de desechos peligrosos es la presentación de la Declaración Anual para prevenir, reducir o minimizar la generación de desechos peligrosos.

La Declaración Anual se la debe realizar dentro de los primeros 10 días del mes de enero de 2021. La declaración presentada estará sujeta a comprobación de la autoridad quien podrá solicitar información adicional al respecto.

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Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

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