Mediante Resolución No. NRO.NAC-DGERCG24-00000013 del 28 de marzo de 2024, el SRI determino el listado de materiales de construcción sujetos al 5% de IVA a partir del 1 de abril de 2024.

Resumen de la Resolución

Los bienes que están sujetos al 5% son los siguientes:

Categoría:Subcategoría
Acero de refuerzo en barrasVarilla laminada corrugada AS42 de 8 mm, 10 mm y 12 mm de diámetro.
ÁridosArcilla, arena, cal, caliza, pétreos.
ConcretoHormigón premezclado.
ConglomerantesCemento y sus derivados, residuo cementero.
Materiales metálicos reciclablesChatarra ferrosa.
MorterosMorteros.
Precursor de cementoClinker, puzolana, yeso.
Prefabricados de hormigón y arcillaAdoquín, Bloques, ladrillos, productos de hormigón prefabricado.

El IVA no compensado podrá registrarse como gasto no deducible únicamente en el ejercicio fiscal en el que se realice el pago del IVA.

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Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

Mi aporte de hoy: Henry Escalante – ERB – TIAG International

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