Mediante Auto de Verificación No. 58-11-IN/23 del 1 de noviembre de 2023, la Corte Constitucional amplió el plazo de vigencia de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta ampliación del plazo es aplicable solamente para aquellas normas que no han sido sustituidas, derogadas o reformadas por otros cuerpos normativos.

Antecedentes

El 12 de enero de 2022, la Corte Constitucional emitió la sentencia 58-11-IN/22 mediante la cual declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado por contravenir el principio de unidad de materia, y dispuso el diferimiento de los efectos de la sentencia hasta el 31 de diciembre de 2023, con el objetivo de evitar un vacío normativo grave en materia impositiva y garantizar la seguridad jurídica. Sin embargo, ni el Ejecutivo, ni la Asamblea Nacional presentaron a la Corte Constitucional información para verificar el avance de las reformas necesarias para evitar dicho vacío.

En consecuencia, entre las normas que se mantienen vigentes resaltamos:

El artículo innumerado agregado a continuación del artículo 162 de la Ley para la Equidad Tributaria en el Ecuador que regula el derecho a crédito tributario para el pago de impuesto a la renta por el impuesto a la salida de divisas (ISD) pagado en la importación de materia prima, insumos y bienes incorporados en procesos productivos.

Recordemos que hasta el año 2011, el ISD pagado en aquellas importaciones de materia prima, insumos y bienes de capital que estén gravadas con tarifa 0% de ad Valorem daban derecho a crédito tributario. Del 2012 al 2023, una vez publicada la Ley de Fomento Ambiental, el ISD pagado en aquellas importaciones de materia prima, insumos y bienes de capital dan derecho a crédito tributario siempre y cuando dichas partidas importadas se encuentren en el listado emitido por el Comité de Política Tributaria, ISD que puede ser compensado con el impuesto a la renta causado o susceptible a recuperación durante cinco años.

A partir de enero 2024 de ser el caso, comenzarían a regir los efectos de la sentencia emitida por la Corte Constitucional que declaró la inconstitucionalidad por la forma de la Ley de Fomento Ambiental, esto siempre y cuando hasta diciembre del presente año, el ejecutivo no emita decretos leyes que suplan vacíos normativos que puedan afectar las finanzas públicas producto de esta declaratoria. En este sentido, a partir de enero 2024, el ISD pagado en importaciones no podrá ser considerado como crédito tributario, el cual debería ser registrado como costo o gasto del ejercicio.

Recomendamos solicitar la devolución a la administración tributaria de todo el crédito tributario de ISD acumulado hasta el ejercicio fiscal 2022

¿Como Podemos Ayudar?

ERB – TIAG International, ofrece amplia variedad de servicios de Outsourcing centrados en nuestra propia competencia como Firma en las áreas de Auditoría, Impuestos y Contabilidad: Consúltenos.

Acerca de ERB – TIAG International

ERB se refiere a EsRoBross; Firma de responsabilidad limitada, que presta servicios profesionales en las áreas de auditoría, impuestos y asesoramiento a empresas de capital privado, empresas públicas globales, empresarios, personas de alto patrimonio neto y organizaciones sin fines de lucro. ERB es miembro de TIAG International. Durante más de 19 años, ERB ha recomendado estrategias que dan a nuestros clientes una ventaja competitiva. Nuestra propuesta de valor es ofrecer a los clientes un modelo operativo práctico, con profesionales altamente involucrados en la prestación de servicios al cliente. Por favor visite nuestro sitio web para nuestra lista completa de servicios: www.esrobross.com.ec

Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

Mi aporte de hoy: Henry Escalante – ERB – TIAG International

Protección de Datos Personales:

En relación con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos, aplicable al caso, le informamos que sus datos de contacto se encuentran almacenados en nuestro banco de datos y se encuentran bajo administración de EsRoBross. Sus datos de contacto se utilizarán únicamente para enviarle información que consideramos de su interés en temas que desarrolla la Firma, tales como: de consultoría empresarial, legales, tributarios, laborales, contables, auditoría, tecnología, entre otros, a menos que usted indique lo contrario; y, no serán compartidos con terceras partes. Si usted no desea recibir más información de nuestra Firma puede “cancelar la suscripción” al abrir cualquiera de los correos electrónicos enviados.

Share This