Mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2019-0021 publicada en el Registro Oficial No. 107 de 24 de diciembre de 2019, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, expidió el instructivo sobre Sociedades Mercantiles de Beneficio e Interés Colectivo
¿Qué son las Sociedades BIC?
Son sociedades con fines de lucro cuyo propósito es utilizar el poder del mercado para solucionar problemas sociales y ambientales, evalúan su gestión de impacto regularmente y reportan bajo estándares internacionales de forma transparente.
Las Sociedades BIC, también conocidas como “Empresas con propósito” operan bajo modelos de negocios de impacto e incorporan su propósito/misión en sus estatutos. Estas empresas se comprometen a evaluar su gestión de impacto bajo estándares internacionales, así como a reportarla.
Las sociedades de Triple Impacto son aquellas que integran la creación de valor económico, social y ambiental.
Resumen de la Resolución
Cualquier sociedad nacional sujeta al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros podrá adoptar la calidad de Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo, sin que esto implique cambio de especie de la sociedad o creación de un nuevo tipo societario. La compañía deberá realizar un cambio de denominación agregando la expresión “Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo”, o las siglas B.I.C., a la denominación de la compañía.
Impacto Material Positivo en la Sociedad y el Medio Ambiente
Estamos viviendo un cambio de paradigma en la visión de las empresas y cada vez son más los empresarios e inversionistas que quieren contribuir a la solución de problemas sociales y ambientales desde la óptica del modelo de negocio.
Muchas empresas, hoy día, tienen un propósito que va más allá de la sola generación de utilidades y buscan generar un impacto positivo tanto social como ambiental.
La obligación de crear un impacto material positivo en la sociedad y el medio ambiente, podrá abarcar una o varias de las siguientes áreas de impacto:
El área de impacto a la gobernanza tiene relación con el gobierno corporativo de las compañías. Para tales efectos, los administradores de una Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo podrán considerar, entre otros, los siguientes aspectos:
- Los intereses de la compañía y de sus socios o accionistas;
- Las consecuencias a corto, mediano y largo plazo, de las decisiones relacionadas con la actividad operacional de la compañía que representan;
- El mantenimiento y resguardo de la reputación y el buen nombre de la compañía;
- La necesidad de tratar, de manera justa y equitativa, a todos los socios o accionistas; y,
- La expansión en la diversidad de la composición administrativa y fiscalizadora de la compañía.
El área de impacto al capital laboral permitirá que los administradores de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo puedan tomar en cuenta los intereses de sus trabajadores, considerando entre otros los siguientes aspectos:
- El establecimiento de una remuneración razonable y analizar brechas salariales, para establecer estándares equitativos en la percepción de remuneraciones;
- El establecimiento de subsidios para capacitar y desarrollar profesionalmente a su capital laboral;
- Promover la participación de los trabajadores en la sociedad, bien sea a través de la adquisición de acciones o de participaciones, o de que estos intervengan en los órganos de administración de la sociedad;
- Determinar alternativas de flexibilidad para la jornada laboral de los
- trabajadores, de teletrabajo, u otras, sin afectar su remuneración;
- Difundir, entre sus trabajadores, los estados financieros de la sociedad.
El área de impacto de la comunidad permitirá que los administradores consideren, entre otros, los siguientes aspectos:
- La necesidad de fomentar las relaciones sociales con los acreedores, proveedores y clientes de la compañía;
- El impacto de las operaciones sociales en la comunidad;
- El efecto de las operaciones de la compañía y sus subsidiarias, si las hubiere, en la economía local, regional, nacional e incluso internacional;
- El incentivo de las actividades de voluntariado y creación de alianzas con fundaciones que apoyen obras sociales en interés de la comunidad, como parte de su política de responsabilidad social;
- El enfoque prioritario en la contratación de servicios o la adquisición de bienes de origen local, o que pertenezcan a emprendimientos desarrollados por mujeres o minorías étnicas.
El área de impacto a los clientes permitirá que los administradores puedan atender un problema social o ambiental, a través de, o para sus clientes considerando, entre otros rubros, lo siguiente:
- Provisión de electricidad o productos que proveen electricidad, agua potable, viviendas asequibles y otras infraestructuras;
- Productos o servicios que permiten a las personas enfocarse en actividades que generan ingresos como programas informáticos, financieros, tecnología móvil o servicios que optimizan /aumentan las actividades de riesgo;
- Productos o servicios que mejoren la entrega de servicios de salud, resultados de la salud y vida saludable, como los medicamentos, servicios de salud preventivo;
- Productos y servicios que tienen un enfoque educativo, como los colegios, libros de texto, medios de comunicación y artes independientes, o conservar la cultura local, tal como en el caso de los oficios artesanales;
- Productos o servicios de negocios que tienen una misión comercial enfocada en tener un impacto social positivo
El área de impacto al medio ambiente permitirá que los administradores de una Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo puedan entre otros aspectos, considerar lo siguiente:
- El respeto a los derechos de la naturaleza, consagrados en la Constitución de la República;
- El impacto de sus operaciones en el medio ambiente;
- La supervisión de las emisiones de gases que provocan un efecto invernadero;
- La promoción de programas de reciclaje o de reutilización de desperdicios;
- El aumento en la utilización de fuentes de energía renovable y la implementación de medidas de eficiencia energética.
Informe Anual
- La compañía deberá elaborar un informe de impacto de gestión anual de las actividades realizadas para cumplir la obligación de crear un impacto material positivo en la sociedad y el medio ambiente. Este deberá estar certificado por una entidad independiente y especializada en los ámbitos que correspondan y se presentará a la Junta General.
- El informe será elaborado bajo estándares independientes, reconocidos a nivel internacional, tales como la Certificación de Sociedad Tipo B, de B Corporation, los estándares GRI del Global Reporting Initiative, u otros.
- El Informe será publicado en la página web de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo. Si la compañía no posee una página web, deberá difundirlo y entregarlo a quien los solicitare.
Incumplimientos
Si se constatare que la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo no ha cumplido la obligación de crear un impacto material positivo en la sociedad y el medio ambiente, la Superintendencia de compañías notificará las contravenciones en que ha incurrido, para que en seis meses supere dichos incumplimientos o modifique su estatuto. Si transcurrido este plazo, no se hubieren superado los incumplimientos o modificado su estatuto, podrá ser declarada disuelta.
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