El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante publicación realizada en la página web de la institución, emitió la siguiente noticia:

  • Se amplía los plazos para el pago de las contribuciones solidarias que se deben realizar este mes, en razón de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana
  • De acuerdo a la ley antes mencionada, los pagos por contribuciones sobre: patrimonio, bienes inmuebles y/o derechos representativos de capital y utilidades, se pagarán desde este mes de junio, de acuerdo al noveno dígito del RUC (Registro Único de Contribuyentes) o cédula de identidad.

Para el efecto, el SRI estableció los siguientes nuevos plazos para el pago:

Noveno Dígito del RUC

Primera Cuota Segunda Cuota

Tercera Cuota

1

20 de Junio 10 de Julio 10 de Agosto

2

20 de Junio 12 de Julio

12 de Agosto

3

20 de Junio 14 de Julio

14 de Agosto

4

20 de Junio 16 de Julio 16 de Agosto

5

20 de Junio 18 de Julio

18 de Agosto

6

20 de Junio 20 de Julio

20 de Agosto

7

22 de Junio 22 de Julio 22 de Agosto
8 24 de Junio 24 de Julio

24 de Agosto

9 26 de Junio 26 de Julio

26 de Agosto

0 28 de Junio 28 de Julio

28 de Agosto

  • Los extranjeros que no poseen cédula de identidad o Registro Único de Contribuyentes (RUC), tienen plazo hasta el día 28 de cada mes, para cumplir con estas obligaciones
  • En el caso de las contribuciones de un día de sueldo, que aplica para aquellas personas que perciban mensualmente un salario de más de USD 1.000, se descontará el aporte correspondiente, a los empleados y funcionarios del sector público y privado en este mes de junio y se declarará a partir del mes de julio, según el noveno dígito del RUC del empleador, de acuerdo con la siguiente tabla:

Noveno Dígito del RUC

Plazo

1

10 de Julio
2

12 de Julio

3

14 de Julio
4

16 de Julio

5

18 de Julio

6

20 de Julio
7

22 de Julio

8

24 de Julio

9

26 de Julio

0

28 de Julio

  • Para la cancelación de cualquiera de estas contribuciones (patrimonio, bienes inmuebles y/o derechos representativos de capital y utilidades), el contribuyente puede acceder al formulario 120 para realizar el cálculo del aporte; y, debe utilizar el formulario 106 para declarar y realizar el pago respectivo de acuerdo a los códigos establecidos a continuación:

Contribución

Código

Patrimonio

4110

Utilidades

4120

Bienes inmuebles y/o derechos representativos de capital

4130

Remuneraciones

4140

  • Los formularios, están disponibles en la página web institucional del SRI (www.sri.gob.ec).

 

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