En el Suplemento del Registro Oficial No. 100 del 13 de diciembre de 2019, se publicó la Ley Reformatoria a la Ley de Compañías en la cual se dispone agregar después del artículo 352 de la Ley de Compañías un artículo relativo a Escisiones Múltiples y algunos cambios relacionados con la transformación, fusión y escisión.

Resumen del Registro Oficial

La nueva reforma agrega artículos innumerados relacionados con la transformación, fusión y escisión, considerándose de especial interés los siguientes temas:

Escisiones Múltiples: Se permite las Escisiones Múltiples, las cuales son aquellas en que intervienen dos o más sociedades y se escinden creando una nueva compañía. A la nueva compañía le son transferidos activos, parte del patrimonio (y de considerarlo necesario pasivo) de las compañías de las que se deriva.

Serán socios o accionistas de la nueva sociedad las mismas compañías que hicieron los aportes o los socios o accionistas de las compañías que hicieron los aportes, a prorrata del aporte y de su participación, salvo que se disponga algo distinto a través de la Junta de Socios/Accionistas.

Operaciones combinadas: Se pueden realizar entre sociedades que involucren transformación, fusión y escisión en un mismo acto. Esta clase de operaciones tendrán por fin el crear, absorber o transformar múltiples sociedades.

Fusiones Transfronterizas: Se contempla bajo esta figura aquellos procesos en que una o más sociedades extranjeras se fusionan con una o más sociedades ecuatorianas para establecer y operar a través de una compañía ecuatoriana.

Las compañías absorbidas deberán cancelarse en su país de origen.

Pueden participar en esta clase de fusiones:

  • Sociedades anónimas.
  • Compañías en comandita por acciones.
  • Compañías de responsabilidad limitada.

En estos procesos, las compañías están obligadas a preparar un balance cortado al día anterior al de la fecha de la escritura pública de fusión.

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros realizará una supervisión consolidada y transfronteriza en lo que sea su competencia.

Son aplicables a las fusiones transfronterizas las disposiciones del capítulo correspondiente a las mismas, así como “las disposiciones que rigen la fusión en general”.

Acerca de EsRoBross – TIAG International

EsRoBross es una Firma de servicios profesionales en las áreas de auditoría, impuestos y asesoramiento a empresas de capital privado, empresas públicas globales, empresarios, personas de alto patrimonio neto y organizaciones sin fines de lucro. Desde 2009, EsRoBross es miembro de TIAG International, firma internacional de Contadores Públicos Independientes con sede en Estados Unidos de América. Durante más de 17 años, EsRoBross ha recomendado estrategias que dan a nuestros clientes una ventaja competitiva. Nuestra propuesta de valor es ofrecer a los clientes un modelo operativo práctico, con profesionales altamente involucrados en la prestación de servicios al cliente. Por favor visite nuestro sitio web para nuestra lista completa de servicios: www.esrobross.com.ec

Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

Mi aporte de hoy: Henry Escalante – EsRoBross – TIAG International

Share This