Durante el mes de agosto deberán presentar la nueva proyección de gastos personales, los contribuyentes bajo relación de dependencia que tengan ingresos anuales superiores a USD 10.800 o que perciban ingresos mensuales desde USD 900 en adelante.

De acuerdo con la Resolución NAC-DGERCGC15-00000316 del SRI, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 478 del 13 de abril de 2015, si la proyección de gastos personales del trabajador es diferente a la presentada originalmente, podrá entregar a su empleador, en los meses de julio o agosto, un nuevo formulario (El formulario para la deducción de Gastos Personales SRI-GP se encuentra disponible en la página web del SRI www.sri.gob.ec )

Es importante comentar que la deducción de gastos personales puede ser hasta del 50% del total de sus ingresos y no debe superar el límite establecido para el presente año que es USD 14.040.

Los comprobantes de ventas que respaldan los gastos personales, podrán estar a nombre del contribuyente, su cónyuge o conviviente, sus hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan directamente del contribuyente.

Para el 2015, el monto máximo de cada tipo de gasto (Vivienda, Educación, Alimentación, Vestimenta y Salud) no podrá exceder los USD 3.510, excepto en gastos de salud que pueden ser de hasta USD 14.040.

Importante:

Si el empleador verifica que los rubros de gastos personales del trabajador sobrepasan los límites establecidos en la norma reglamentaria, deberá abstenerse de utilizar dicho formulario y lo devolverá al empleado para que éste realice la respectiva corrección de su proyección de acuerdo a lo que dicta la ley.

La proyección de gastos personales permite al empleador disponer de valores más reales para generar con mayor certeza las retenciones de sus trabajadores bajo relación de dependencia que por ley está obligado.

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