En junio, las obligaciones tributarias, societarias y laborales que deben observar los contribuyentes son:
Presentación del Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas del Exterior (OPRE) e Informe de Precios de Transferencias (IPT)
Los contribuyentes que realicen operaciones con sus partes relacionadas dentro de un mismo periodo fiscal y superen los tres millones de dólares (USD 3.000.000), deberán presentar el Anexo OPRE conforme el noveno digito del RUC.
Los contribuyentes que realicen operaciones con sus partes relacionadas dentro de un mismo periodo fiscal y superen los quince millones de dólares (USD 15.000.000), deberán presentar el Anexo OPRE y además un informe de precios de transferencia (IPT), conforme el noveno dígito del RUC.
Los sujetos pasivos calificados como contribuyentes especiales deberán cumplir esta obligación hasta el 9 de junio de 2022.
Presentación del Anexo de Fideicomisos Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos Complementarios (AFIC)
En el mes de junio, conforme su noveno dígito del RUC, los Fideicomisos Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos Complementarios, sean públicos, privados o mixtos, deberán presentar el Anexo AFIC que comprende los movimientos administrativos, operativos y financieros con corte al 31 de diciembre de 2021.
Registro de Pago de Utilidades Trabajadores
Desde junio 10 hasta julio 4 de 2022, los empleadores cuyo noveno dígito del RUC corresponda a 6,7,8,9 y 0, deberán registrar el pago de la participación de utilidades en línea en el Ministerio de Trabajo.
Presentación de Estados Financieros a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Mediante Resolución No. SCVS-INPAI-2022-00004035 del 26 de mayo de 2022, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros dispone la prórroga del plazo previsto para la presentación de la documentación requerida en los artículos 20 y 23 de la Ley de Compañías, en concordancia con el artículo 25 del mismo cuerpo legal; en los numerales 2,3,4 y 5 del artículo 5 Sección II, Capitulo II, Título IV, Libro II y el artículo 1 del Capítulo II de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, hasta el 30 de junio de 2022, en base al siguiente calendario:
- Aquellas sociedades cuyos dígitos del RUC culminen en 1, 2 y 3, deberán hacerlo entre el 1 al 10 de junio de 2022.
- Aquellas sociedades cuyos dígitos del RUC culminen en 4, 5, 6 y 7, deberán hacerlo entre el 11 al 20 de junio de 2022.
- Aquellas sociedades cuyos dígitos del RUC culminen en 8, 9 y 0, deberán hacerlo entre el 21 al 30 de junio de 2022.
Acerca de ERB – TIAG International
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Mi aporte de hoy: Henry Escalante – ERB – TIAG International
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