Durante el mes de mayo se deben cumplir con las siguientes obligaciones tributarias.
Impuesto Municipal 1,5 X mil
Los contribuyentes que ejerzan permanentemente actividades económicas pagará a las municipalidades y distritos metropolitanos en donde tenga su domicilio o sucursal, el impuesto 1,5 por mil sobre los activos totales del ejercicio 2017, hasta 30 días después de la fecha límite para la declaración del impuesto a la renta para sociedades.
Anexo de Activos Monetarios con Instituciones Financieras en el Exterior Correspondiente al Periodo Fiscal 2017
Hasta el 31 de mayo del 2018, las personas naturales y sociedades obligados a presentar la información relacionada con activos monetarios que mantengan en instituciones financieras del exterior, respecto de los cuales sean titulares, de forma individual o colectiva, de manera directa o indirecta, deberán de presentar el presente anexo.
Anexo de Dividendos
Se presenta anualmente el mes de mayo del ejercicio fiscal siguiente al período sobre el cual se presenta la información, de acuerdo al noveno dígito del RUC. La información requerida corresponderá a la generada en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal.
Los contribuyentes obligados a reportar y presentar el anexo son:
- Las Sociedades nacionales o extranjeras, incluyendo las de economía mixta, residentes o establecidas en el Ecuador.
- Las sociedades nacionales o extranjeras, residentes o establecidas en el Ecuador; y, las personas naturales residentes en el Ecuador.
- Las organizaciones que se encuentren bajo el régimen de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario.
Información a presentar:
- La utilidad generada durante el período reportado.
- Las utilidades generadas en períodos anteriores, que al uno de enero del periodo reportado se encuentren pendientes de distribución.
- Los dividendos distribuidos durante el período informado.
Declaración Patrimonial
Están obligados a presentar la declaración patrimonial las personas naturales, nacionales y extranjeras, residentes en el Ecuador, cuyo total de activos, al primero de enero de cada año, supere los límites establecidos en el Art. 69 del Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno. Para el cálculo deberá considerarse de ser el caso, el porcentaje que les corresponda a sus hijos no emancipados.
Toda persona natural, nacional y extranjera, residentes en el Ecuador, cuyos activos supere las 20 fracciones básicas desgravadas (USD 225.400 para 2018) y quienes mantengan sociedad conyugal o unión de hecho si sus activos comunes superan el valor equivalente a 40 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta (USD 450.800 para 2018) deberán presentar la respectiva declaración patrimonial.
Presentación de Información de Operaciones con Partes Relacionadas del Exterior
Los contribuyentes que hayan efectuado operaciones con partes relacionadas domiciliadas en el exterior y que se encuentren exentas de la aplicación del régimen de precios de transferencia, deben presentar a la Administración Tributaria la información de sus operaciones con partes relacionadas del exterior. Esta información deberá ser presentada en las oficinas del SRI, en medio magnético en archivo formato Excel, en un plazo no mayor a un mes, contado a partir de la fecha máxima señalada para la presentación de la declaración del impuesto a la renta para sociedades.
Anexo de Activos y Pasivos de Sociedades y Establecimientos Permanentes
Están obligación de presentar este «Anexo” los contribuyentes que tengan un total de activos o pasivos en el exterior que supere el valor de USD. 500.000, de conformidad con el noveno dígito de RUC.
Anexo de Incentivos y Beneficios Tributarios del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (en adelante «COPCI»)
Los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2017 hayan aplicado los beneficios otorgados por el COPCI, en relación con el Impuesto a la Renta, su anticipo y el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), están obligados a presentar el Anexo de Incentivos y Beneficios Tributarios del COPCI, durante el mes de mayo de acuerdo con el 9 dígito de RUC.
La falta de presentación, presentación con errores o la presentación tardía de la información en el Anexo, constituye falta reglamentaria sancionada con multa de USD 30 a USD 1.000.
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