Durante el mes de noviembre se deben cumplir con las siguientes obligaciones societarias, laborales y tributarias:

Quinta Cuota del Anticipo de Impuesto a la Renta

Las sociedades, las sucesiones indivisas, las personas naturales, las empresas que tengan suscritos o suscriban contratos de exploración y explotación de hidrocarburos en cualquier modalidad contractual que en su declaración correspondiente al ejercicio económico 2018 hayan determinado un valor por concepto de anticipo a pagarse con cargo al ejercicio fiscal 2019, deberán pagar la quinta cuota en el mes de noviembre en base al noveno dígito del RUC o cédula según corresponda.

Sistema Financiero: Plan de Implementación de Debida Diligencia

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC19-000045, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 51 de 1 de octubre de 2019, el Servicio de Rentas Internas (SRI) expidió las normas y el procedimiento para la implementación efectiva del Estándar Común de Comunicación de Información y Debida Diligencia relativa al Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras, en materia tributaria, aprobado por el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para el cumplimiento de las exigencias internacionales derivadas de la adhesión del Ecuador al Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para Fines Fiscales; además estableció la obligación de reportar información financiera de no residentes a través del Anexo de Cuentas Financieras de no Residentes (Anexo CRS).

Hasta el 1 de noviembre los sujetos obligados a presentar el Anexo CRS deben constar con un plan de implementación y ejecución, para el cumplimiento de los procedimientos de debida diligencia, el mismo que podrá ser requerido por el SRI.

Presentación del Anexo de Dividendos

A partir del 10 de noviembre se debe presentar el Anexo de Dividendos correspondiente al ejercicio fiscal 2018, conforme al noveno dígito del RUC o cédula según corresponda.

Registros de Contratos y Actas de Finiquito en el Sistema SUT

Hasta el 12 de noviembre se puede ingresar información al sistema SUT, de empleadores que hubiesen realizado contrataciones en agosto y actas de finiquitos.

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