Durante el mes de octubre se deben cumplir con las siguientes obligaciones:
Obligaciones Societarias:
Informar a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros sobre el Auditor Externo Contratado
De acuerdo con la Ley de Compañías, la contratación de los auditores externos en el Ecuador se efectuará hasta el 30 de septiembre de cada año, debiendo la compañía informar a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, en el plazo de treinta días (octubre) contados desde la fecha de contratación, el nombre o la razón social del auditor externo contratado.
Recordemos que las compañías que están obligadas a contratar auditoría externa, para cumplir con la disposición, los usuarios deberán ingresar con el RUC y clave de la compañía al “Portal de trámites” que se encuentra en la página web www.supercias.gob.ec, seleccionar la opción “Auditoría Externa” y posteriormente elegir el botón “Notificación de contratación de auditoría externa”.
Obligaciones Laborales:
Registro de Trabajadores Sustitutos en el Sistema de Administración Integral de Trabajo y Empleo (SAITE) y Sistema Informático Integrado de Talento Humano (SIITH) del Ministerio de Trabajo
Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2017-0108, publicado en Registro Oficial No. 82 del 19 de septiembre de 2017, el Ministerio del Trabajo determinó que es de aplicación obligatoria para las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y aquellas determinadas en el artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador, el registro de trabajadores sustitutos, trabajadores sustitutos por solidaridad humana y trabajadores que tengan a cargo la manutención de personas con discapacidad, en el Sistema de Administración Integral de Trabajo y Empleo (en adelante “SAITE”) y Sistema Informático Integrado de Talento Humano (en adelante “SIITH”) del Ministerio de Trabajo.
Obligaciones Tributarias:
Presentación del Anexo de Notarios, Registradores de la Propiedad y Registradores Mercantiles de: Enero, Febrero y Marzo de 2017
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000469 de septiembre 8 de 2017, el Servicio de Rentas Internas (en adelante “SRI”), estableció el Anexo de Notarios, Registradores de la Propiedad y Registradores Mercantiles (en adelante el “Anexo”); para lo cual, derogó la Resolución No. NAC-DGERCGC10-00132 y la Resolución No. NAC-DGERCGC10-00267.
En la su disposición transitoria única de esta Resolución, el SRI determinó que los Notarios deberán presentar la información correspondiente al año 2017, referente a trasferencias de bienes inmuebles, cuando existan pagos en efectivo superiores a USD 5.000, en base al siguiente calendario:
Mes a Declarar |
Fecha Máxima de Entrega |
Enero, Febrero y Marzo de 2017 |
Octubre 2017 |
Abril, Mayo y Junio de 2017 |
Noviembre 2017 |
Julio, Agosto y Septiembre de 2017 |
Diciembre 2017 |
Octubre, Noviembre y Diciembre de 2017 |
Enero 2018 |
Proyección Real de Gastos Personales
Los contribuyentes que trabajen bajo relación de dependencia y que perciban ingresos superiores a USD 11.290 para este año, deben presentar nuevamente el formulario de Proyección de Gastos Personales.
Con este formulario el empleador deberá re-liquidar el Impuesto a la Renta proyectado en el mes de enero y, de ser el caso, procederá a realizar las retenciones correspondientes hasta el final del año.
La deducción de gastos personales puede ser hasta en el 50% del total de sus ingresos gravados, sin que esta deducción supere el límite establecido para el presente año que es de USD 14.677.
Los contribuyentes pueden deducir sus egresos en todos los gastos de salud, educación, vivienda, alimentación y vestimenta. Se incluyen también los pagos de Internet y servicios básicos.
¿Qué se Debe Declarar En Cada Rubro?
Vivienda: intereses por préstamos hipotecarios, gastos por compra, construcción, remodelación, ampliación, mejora o mantenimiento de la casa donde vive; pago de arriendo de la vivienda; gastos (solo el consumo) por servicios básicos como agua, electricidad o teléfono convencional; pago de alícuotas de urbanizaciones o condominios.
Educación: matrícula, pensión o derechos de grado; útiles escolares; pago de cuidado infantil (guarderías); uniformes; transporte escolar; equipos de computación; materiales didácticos; pago de intereses por créditos educativos.
Alimentación: compra de comida preparada o alimentos para cocinar (no para las mascotas) como facturas de restaurantes o de supermercados; bebidas (excepto las alcohólicas); pago de pensiones alimenticias.
Vestimenta: todas las prendas que no sean accesorios; pañales.
Salud: honorarios médicos; servicios de hospitales, clínicas y laboratorios; medicina prepagada; primas mensuales o anuales de seguros médicos; valores no devueltos por aseguradoras (deducibles o coaseguros); medicamentos; insumos médicos; lentes y prótesis.
Acerca de EsRoBross
EsRoBross es una Firma de servicios profesionales en las áreas de auditoría, impuestos y asesoramiento a empresas de capital privado, empresas públicas globales, empresarios, personas de alto patrimonio neto y organizaciones sin fines de lucro. EsRoBross es miembro de TIAG International y está entre las firmas de auditoría más respetables en Guayaquil y una de las firmas de auditoría clasificadas como internacionales en Ecuador. Durante más de 15 años, EsRoBross ha recomendado estrategias que dan a nuestros clientes una ventaja competitiva. Nuestra propuesta de valor es ofrecer a los clientes un modelo operativo práctico, con profesionales altamente involucrados en la prestación de servicios al cliente. Por favor visite nuestro sitio web para nuestra lista completa de servicios: www.esrobross.com.ec
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