Durante el mes de Enero se deben cumplir con las siguientes obligaciones laborales, tributarias y societarias.
Salario Básico Unificado para 2023
A partir del 1 de enero de 2023, el salario básico unificado del trabajador en general, incluidos los trabajadores de la pequeña industria, trabajadores agrícolas y trabajadores de maquila, trabajador o trabajadora remunerada del hogar, operarios de artesanías y colaboradores de la microempresa, será de USD 450 (cuatrocientos cincuenta dólares) mensuales.
Unificación de Utilidades
Hasta enero 31 de 2023, las sociedades vinculadas que compartan procesos productivos y/o comerciales dentro de una misma cadena de valor, podrán solicitar ante el Ministerio del Trabajo que se las considere como una sola sociedad, para efectos del reparto de utilidades del ejercicio fiscal 2022.
Presentación del RDEP (Anexo de Retenciones en la Fuente por Relación de Dependencia)
Los empleadores, sean sociedades o personas naturales, en calidad de agentes de retención, deberán presentar en medio magnético a través del portal web de Servicios en Línea del SRI, conforme al noveno dígito del RUC, la información relativa a las retenciones en la fuente del impuesto a la renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia realizadas a sus trabajadores.
Lo anterior se deberá presentar inclusive en aquellos casos en que, durante el período mencionado, no se haya efectuado retención alguna.
Entrega del Formulario 107 a los Trabajadores
Durante el mes de enero de 2023, los empleadores, en calidad de agentes de retención, deberán entregar a sus trabajadores el comprobante (Formulario 107) en el que consten los ingresos totales percibidos por el trabajador, así como el valor del Impuesto a la Renta retenido.
Este comprobante será entregado inclusive en el caso de los trabajadores que hayan percibido ingresos inferiores al valor de la fracción básica gravada con tarifa cero, según la tabla de impuesto a la renta prevista para personas naturales.
Proyección de Gastos Personales
En el caso de aquellos trabajadores en relación de dependencia que deseen hacer uso de la rebaja por gastos personales, deberán presentar hasta el 31 de enero de 2023 a sus empleadores, una proyección de gastos personales que consideren incurrirán en este ejercicio.
Acumulación de la Decimotercera y Decimocuarta Remuneración
Los trabajadores que deseen acumular los beneficios sociales de la decimotercera o decimocuarta remuneración deberán presentarle a su empleador una solicitud por escrito durante los primeros 15 días del mes de enero de 2023. En caso de no hacerlo, los valores correspondientes a estos beneficios se entregarán de forma mensual.
Devolución del 100% de IVA: Sistema Contable Diferenciado
Hasta el 31 de enero, los exportadores de bienes y servicios y los proveedores directos de exportadores de bienes, que mantienen sistemas contables que permitan diferenciar inequívocamente, las adquisiciones de bienes y/o servicios gravados con tarifa 12% de IVA empleados en la producción, comercialización de bienes o prestación de servicios gravados con tarifa 0% de IVA, deberán comunicar al SRI, por medio del formato que se encuentra disponible en el portal web institucional, la siguiente información con el propósito de acceder a la devolución del 100% del IVA:
- El período desde el cual mantiene contabilidad diferenciada.
- Las cuentas contables de las que solicita la devolución del IVA.
- Plan de cuentas que corresponda al sistema contable informado, en el que se evidencie la aplicación de un sistema contable diferenciado.
- Otra información que, para el efecto, requiera el SRI.
Reporte de Socios o Accionistas Extranjeros de Sociedades Locales
Hasta el 31 de enero, las compañías ecuatorianas que tengan como socios o accionistas a sociedades extranjeras deberán remitir a través del portal web de la SCVS, la siguiente información:
- Certificación extendida por la autoridad competente del país de origen que acredite su existencia.
- Lista completa de todos los socios, accionistas o miembros, de la sociedad extranjera.
- Si la sociedad extranjera que fuere accionista de una compañía anónima ecuatoriana estuviere registrada en una o más bolsas de valores extranjeras, en lugar de la lista completa de todos sus socios, accionistas o miembros mencionada en el número anterior, deberá presentar una declaración juramentada de tal registro y del hecho de que la totalidad de su capital se encuentra representado exclusivamente por acciones, participaciones o títulos nominativos.
Informe del Oficial de Cumplimiento
Hasta el 15 de enero, el oficial de cumplimiento de las compañías obligadas a reportar a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), deberá presentar a la Junta General de Socios o Accionistas, el informe anual de actividades y metas cumplidas del año 2022, y el plan de trabajo para el año 2023.
De igual manera, hasta el 31 de enero, la Junta General de Accionistas y/o Socios de las compañías obligadas a reportar a la UAFE, deberán conocer y aprobar el plan de trabajo para el año 2023 y el informe del año 2022, elaborados por el oficial de cumplimiento.
Declaración y Pago de IVA – RIMPE Emprendedores, Segundo Semestre 2022
Las personas naturales y sociedades sujetas al Régimen Simplificado de Emprendedores y Negocios Populares – Emprendedores deberán liquidar, declarar y pagar el IVA comprendido del mes de julio al mes de diciembre del ejercicio fiscal 2022, durante el mes de enero del 2023, conforme a su 9no dígito de RUC.
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