Durante el mes de diciembre se deben cumplir con las siguientes obligaciones laborales, tributarias y societarias. 

Cancelación del Décimo Tercer Sueldo.

El décimo tercer sueldo corresponde a la doceava parte de las remuneraciones (Sueldo-sobretiempo-comisiones) que hubiere percibido un trabajador ecuatoriano durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso.

Las personas que han trabajado por un tiempo inferior al período de cálculo o que se desvinculan del empleador antes de la fecha de pago, tienen derecho a una parte proporcional del décimo tercer sueldo.

La fecha máxima de pago es el 24 de diciembre.

Actualización de Información en Materia de Seguridad, Salud del Trabajo y Gestión de Riesgos.

Hasta el 31 de diciembre, los empleadores que tengan vigente el registro y aprobación del reglamento de higiene y seguridad del trabajo a través del Sistema de Administración Integral de Trabajo y Empleo (SAITE), deberán actualizar su información conforme instructivo para el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores públicos y privados. 

En caso de que los contribuyentes obligados no cumplan con la presentación de la información requerida, serán sancionados de conformidad con la normativa tributaria vigente. El cumplimiento de la sanción impuesta no exime de la obligación de presentar la información.

Reportar Activos Monetarios Mantenidos en el Exterior del Ejercicio Fiscal 2014. 

Hasta el 24 de diciembre de 2017, los contribuyentes obligados a presentar información de los activos financieros mantenidos en instituciones financieras en el exterior, adicionalmente deberán presentar esta información desde el año 2014.

 

Pago de Segunda Cuota de la Contribución a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

Hasta el 31 de diciembre, las compañías que hubieren pagado el cincuenta por ciento de la contribución el 30 de septiembre, deberán pagar la segunda cuota.

Certificación de Existencia de Sociedades Extranjeras Accionistas o Socias de Compañías Ecuatorianas.

En este mes, si una compañía extranjera es accionista o socia de una compañía ecuatoriana, deberá presentar a la compañía de la cual es accionista o socia, una certificación extendida por la autoridad competente del país de origen en la que se indique que se encuentra legalmente existente en su país y una lista completa de todos sus socios, accionistas o miembros, con indicación de sus nombres, apellidos y estados civiles, suscrita y certificada ante Notario Público y autenticada por un Cónsul ecuatoriano o apostillada.

Acerca de EsRoBross

EsRoBross es una Firma de servicios profesionales en las áreas de auditoría, impuestos y asesoramiento a empresas de capital privado, empresas públicas globales, empresarios, personas de alto patrimonio neto y organizaciones sin fines de lucro. EsRoBross es miembro de TIAG International y está entre las firmas de auditoría más respetables en Guayaquil y una de las firmas de auditoría clasificadas como internacionales en Ecuador. Durante más de 15 años, EsRoBross ha recomendado estrategias que dan a nuestros clientes una ventaja competitiva. Nuestra propuesta de valor es ofrecer a los clientes un modelo operativo práctico, con profesionales altamente involucrados en la prestación de servicios al cliente. Por favor visite nuestro sitio web para nuestra lista completa de servicios: www.esrobross.com.ec

Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

Mi aporte de hoy: Henry Escalante – EsRoBross – TIAG International 

 

 

 

 

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