Durante el mes de enero se deben cumplir con las siguientes obligaciones laborales y tributarias
Presentación del Anexo de Retenciones en la Fuente por Relación de Dependencia (RDEP)
Los empleadores, deberán presentar en medio magnético la información relativa a las retenciones en la fuente de impuesto a la renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia del año 2017. Esta información deberá ser presentada a través de la página web del Servicio de Rentas Internas, inclusive en aquellos casos en que, durante el período mencionado, no se haya generado ninguna retención.
La información que reportar a través del Anexo RDEP deberá ser presentada durante el mes de enero del año siguiente al que corresponda la información, considerando el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de acuerdo con el siguiente calendario:
NOVENO DÍGITO DEL RUC |
FECHA MÁXIMA DE ENTREGA |
1 |
10 de enero de 2018 |
2 |
12 de enero de 2018 |
3 |
14 de enero de 2018 |
4 |
16 de enero de 2018 |
5 |
18 de enero de 2018 |
6 |
20 de enero de 2018 |
7 |
22 de enero de 2018 |
8 |
24 de enero de 2018 |
9 |
26 de enero de 2018 |
0 |
28 de enero de 2018 |
Emisión de Comprobantes Electrónicos
A partir del 1 de enero, deberán emitir comprobantes de venta, comprobantes de retención y documentos complementarios electrónicos, los siguientes contribuyentes:
- Proveedores del Estado, cuya facturación en el ejercicio fiscal anterior sea igual o superior a USD 169.350.
- Contribuyentes cuya facturación en el ejercicio fiscal anterior sea igual superior a USD 169.350, y que al menos el 50% de la misma corresponda a transacciones efectuadas directamente con exportadores.
- Personas naturales y sociedades cuyos ingresos anuales del ejercicio fiscal anterior sean iguales o superiores a USD 300.000.
- Sujetos pasivos del Impuesto a los Consumos Especiales.
- Sujetos pasivos del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables (TBPNR).
- Contribuyentes que soliciten al Servicio de Rentas Internas la devolución del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables IBPNR.
- Productores y comercializadores de alcohol.
- Titulares de concesiones mineras, contratos de explotación minera, licencias y permisos, así como de las autorizaciones para instalar y operar plantas de beneficio, fundición y refinación, y de licencias de comercialización; en general, todos los titulares de derechos mineros, excluidos los que se encuentran bajo el régimen de minería artesanal.
- Contribuyentes que desarrollen la actividad económica de elaboración y refinado de azúcar de caña.
- Contribuyentes importadores habituales de bienes.
- Contribuyentes que tengan la calidad de agentes de aduana, de conformidad con la licencia otorgada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, para el efecto.
- Contribuyentes que presten servicios de transporte de valores y especies monetarias, a través de vehículos blindados; y,
- Contribuyentes dedicados a la venta, cesión o transferencia de cartera, cualquier título.
Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales
A partir de enero 01 de 2018, el Ministerio del Trabajo iniciara el proceso de control de cumplimiento del “Programa de prevención de riesgos psicosociales”. El programa debe ser reportado anualmente ante esta institución.
Presentación de Formulario de la Decimotercera Remuneración
Los empleadores que cuenten con el noveno dígito del RUC del 1 al 5, deben presentar ante el Ministerio del Trabajo a partir de enero 01, el formulario que acredite el pago de la decimotercera remuneración o “bono navideño” por el año 2017, a favor de sus trabajadores bajo relación de dependencia.
Presentación de la proyección gastos personales
Todo contribuyente que trabaja bajo relación de dependencia presentará a su empleador una proyección de los gastos personales susceptibles de deducción de sus ingresos para efecto de cálculo del Impuesto a la Renta que considere incurrirá en el ejercicio económico en curso. Dicho documento deberá contener el concepto y el monto estimado o proyectado durante todo el ejercicio fiscal.
Las personas naturales podrán deducirse sus gastos personales, sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge o conviviente e hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente. Los gastos personales deducibles corresponden a los realizados por concepto de vivienda, educación, salud, alimentación y vestimenta.
Presentación de Información sobre Accionistas o Socios Extranjeros
Hasta el 31 de enero el representante legal de la compañía de responsabilidad limitada y de la compañía anónima deberá presentar, ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, la siguiente información:
- La nómina de las compañías extranjeras que figuren como socias o accionistas de la compañía local con indicación de denominaciones, razones sociales, nacionalidades y domicilios;
- Copia notariada del certificado de existencia legal extendido por autoridad competente del país de origen, debidamente certificado ante el Cónsul ecuatoriano o apostillado;
- Lista completa de todos los socios, accionistas o miembros, de la sociedad extranjera, que a su vez es socia o accionista de la sociedad local, suscrita por el secretario, administrador o funcionario de la prenombrada sociedad extranjera, o por un apoderado legalmente constituido, y certificada ante Notario Público, con indicación denominaciones o razón social, nacionalidad y domicilio; y,
- Poder emitido a una persona natural residente en Ecuador.
Entrega del comprobante de retenciones en la fuente del impuesto a la renta por ingresos del trabajo en relación de dependencia (Formulario 107)
Estos comprobantes deberán ser entregados por los empleadores a sus trabajadores máximo hasta el 31 de enero del año siguiente al que correspondan los ingresos y las retenciones; los comprobantes deberán ser generados en febrero a través del Anexo de Retenciones en la Fuente bajo Relación de Dependencia (RDEP).
Impuesto Predial Urbano año 2017
En este mes, las personas naturales y sociedades propietarias de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas deben pagar el impuesto predial urbano por el año 2017, ante la municipalidad donde se encuentre ubicado el bien inmueble de su propiedad.
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