Mediante Resolución NAC-DGERCGC18-00000427 publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 377 de 28 de noviembre de 2018, el Servicio de Rentas Internas (en lo sucesivo “SRI”) establece que los exportadores de recursos naturales no renovables retendrán el 100% del IVA en la adquisición de servicios y derechos, en el pago de comisiones por intermediación y en contratos de consultoría, empleados en la fabricación y comercialización de bienes que se exporten. 

Resumen de la Resolución: 

La Resolución reforma el primer inciso del Artículo 11 de la Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000284 publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 473 de 6 de abril de 2015 y sus reformas, mediante el cual se fijaron los porcentajes de retención de IVA.

La Reforma habla respecto de la “Retención por parte de exportadores de recursos naturales no renovables en adquisiciones relacionadas con sus exportaciones” y establece que los exportadores de recursos naturales no renovables retendrán el 100% del IVA en:

  • Adquisición de servicios y derechos
  • Pago de comisiones por intermediación y
  • En contratos de consultoría, empleados en la fabricación y comercialización de bienes que se exporten. 

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