La Junta de Regulación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, mediante Resolución No. 15, publicada en el Registro Oficial No. 31, de julio de 2017 emitió las normas regulatorias para los establecimientos especializados de venta de electrodomésticos, aparatos eléctricos y otros productos

Resumen de las Normas:

  1. Proporcionar información veraz, exacta y oportuna con respecto a las características del producto, las promociones y descuentos vigentes.
  1. Verificar el estado del bien que se entrega al consumidor al momento de la compra.
  1. El establecimiento es responsable directo ante el consumidor por los bienes adquiridos a éste.
  1. El establecimiento tiene la obligación de “reparar y sustituir” o en su defecto “otorgar una reducción en el precio” sin costo alguno para el consumidor, en caso de que el producto adquirido no se encuentre “conforme lo pactado entre las partes”.
  1. Los preciadores o etiquetas de precios deberán contener toda la información que permita al consumidor conocer el precio final del producto que adquiere, incluyendo costos de financiación y otros cargos que aplique el establecimiento.
  1. En caso de productos adquiridos a plazo, el establecimiento deberá entregar la tabla de amortización con un detalle de la cuota mensual total que deberá cancelar el consumidor. No se permite introducir costos adicionales a los entregados al consumidor en la tabla de amortización.
  1. Las garantías de fábrica: deberán informarse al consumidor que corresponden a un beneficio otorgado por el fabricante y no por el establecimiento. Por lo tanto, no se podrá presentar a la garantía de fábrica como un servicio de valor agregado por parte del establecimiento.
  1. En caso de un producto haya sido reparado por el establecimiento, se introduce una garantía de 90 días sobre la reparación realizada. De tal forma que, si el producto vuelve a presentar fallas dentro del plazo señalado, el establecimiento deberá asumir los costos de una segunda reparación o la restitución del bien.
  1. En el lanzamiento de promociones o descuentos, en todos los casos se deberá informar al consumidor del precio anterior a la introducción de estos beneficios.
  1. Los establecimientos deberán contar con una política de cambios de productos por garantía y devoluciones que serán públicas y estarán disponibles en las páginas web o en los locales del establecimiento. Estas políticas deberán ser entregadas al consumidor al momento de la compra del bien.

Acerca de EsRoBross

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Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo. 

Mi aporte de hoy: Henry Escalante – EsRoBross 

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