En Ecuador, las compañías deben realizar sus Juntas Generales hasta el 31 de marzo.
Convocatoria
La convocatoria debe hacerse con al menos 5 días de anticipación, en la forma prevista en el estatuto o al correo electrónico de cada accionista/socio.
Adicionalmente, deberá comunicarse la hora y lugar donde se realizará la Junta, la información de los temas a tratarse con los correspondientes justificativos de respaldos o sus propuestas.
Los accionistas/socios pueden comparecer físicamente o a través de videoconferencias. Solo en caso de Juntas Universales deben estar presentes y firmar el acta respectiva.
Plazo de convocatoria
Para el plazo de convocatoria no se contará ni la fecha de publicación y notificación, ni la de celebración de la junta.
La celebración de la Junta deberá celebrarse en días hábiles.
Representación
La representación es indivisible y por lo tanto no podrá concurrir, deliberar y votar en Junta más de un representante por el mismo representado.
Los comisarios, los administradores y los miembros principales de los órganos administrativos y de fiscalización no podrán ser designados representantes convencionales de un accionista en la Junta de la compañía anónima, en comandita por acciones y de economía mixta.
Pueden asistir a la Junta acompañado, en total, de dos asesores, que pueden ser: legales, económico, financiero o de otra índole que tenga relación con algún tema específico a tratar.
Grabación de Juntas
Todas las sesiones de las Juntas Generales que no sean universales, deberán grabarse en soporte magnético.
Sera responsabilidad del secretario de la Junta incorporar el archivo informático al respectivo expediente.
De cada Junta deberá elaborarse un acta redactada en idioma castellano. Podrán extenderse y firmarse por el presidente y el secretario, o por todos los accionistas en Junta Universal, en la misma reunión o dentro de los quince días posteriores.
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