Mediante Acuerdo Ministerial No. 042 del 10 de mayo de 2019, el Ministerio del Ambiente expidió el Instructivo para la aplicación de la responsabilidad extendida en la gestión integral de aceites lubricantes usados y envases vacíos. El Acuerdo tiene como objeto establecer los requisitos y lineamientos ambientales para la implementación del principio de Responsabilidad Extendida del Productor, aplicado al aceite lubricante; que abarca la gestión ambientalmente adecuada, cuando el aceite lubricante se ha convertido en residuo o desecho peligroso, incluyendo sus envases vacíos.

Se entiende por aceite lubricante usado a los aceites de origen mineral, que durante el uso perdieron sus propiedades características volviéndose inapropiados para continuar su utilización con el mismo propósito y que adquieren concentraciones elevadas de metales pesados como plomo, cadmio, cromo, arsénico y zinc debido al desgaste del motor o maquinaria que lubricó, contacto con combustibles, la reacción con compuestos halogenados de los aditivos y contacto con otros contaminantes generados de la combustión. Comprenden los aceites minerales usados de los motores, fluidos hidráulicos y de transmisión, aceites de corte, de transferencia de calor y los aceites dieléctricos provenientes de transformadores y condensadores.

Resumen del Acuerdo

En el Acuerdo se establecen obligaciones y responsabilidades del productor, de los comercializadores, gestores ambientales y de los usuarios.

Los gestores ambientales para aceites lubricantes usados y envases vacíos deberán contar con la licencia ambiental correspondiente, declarar anualmente su declaración de desechos peligrosos y especiales; entregar las actas de destrucción al productor luego de ejecutar la respectiva gestión de los aceites lubricantes usados y envases vacío; diagnosticar, remediar y reparar el daño causado al ambiente, en caso de derrames, accidentes o eventos adversos que involucren el manejo inadecuado del aceite lubricante y envases vacíos; informar al productor cualquier incidente o accidente que involucre a los aceites lubricantes usados o sus envases vacíos.

Responsabilidades

  • el productor se hace referencia a las autorizaciones ambientales para fabricación o formulación del aceite lubricante o aceites bases, así como la regeneración del aceite lubricante usado; así como a la autorización ambiental administrativa para el registro de generador de residuos y desechos peligrosos en el marco de la Responsabilidad Extendida ante la Autoridad Ambiental Nacional. Se menciona además la obligación de contar y ejecutar el Plan de Gestión Integral (PGI) de aceites lubricantes usados y envases vacíos debidamente aprobado. Deberán además presentar una declaración anual de gestión de desechos peligrosos; financiar y ejecutar campañas de información y sensibilización dirigidas a principalmente a los consumidores, entre otras importantes.
  • para el comercializador, el Acuerdo señala que deberá cumplir con el Plan de Gestión Integral de Aceites Lubricantes Usados y Envases Vacíos, poner a disposición áreas para la instalación de puntos de recepción y entregar los aceites lubricantes usados y envases vacíos a prestadores de servicio/gestores ambientales autorizados. Deberán, además, informar al productor sobre incidentes o accidentes que involucren a los aceites lubricantes usados o sus envases vacíos; así como diagnosticar, remediar y reparar el daño causado al ambiente, en caso de derrames, accidentes o eventos adversos que involucren el almacenamiento o manejo inadecuado del aceite lubricante usado y envases vacíos, entre otras.
  • Entre las señaladas para los usuarios finales deben retornar los aceites lubricantes usados y envases vacíos a un distribuidor o comercializador autorizado en los puntos de recepción fijos, centros de acopio o gestores ambientales autorizados o campañas de recolección.

Plan de Gestión Integral

  • El Plan debe contener los procedimientos, actividades y acciones necesarias de carácter técnico, administrativo y económico. En el plan se debe describir la cadena de comercialización, los mecanismos de comunicación y las fases de gestión que se aplicará: recolección, almacenamiento, acopio, devolución/retorno, transporte y tratamiento/eliminación para garantizar un manejo ambientalmente seguro de los desechos.
  • El Plan podrá ser ejecutado de forma individual o colectiva por parte de los productores.
  • La ejecución del Plan tendrá una vigencia de cinco años.
  • Los distribuidores, comercializadores y los usuarios finales, serán corresponsables de la implementación y ejecución de los Planes
  • Los productores que hayan realizado importaciones o fabricación de aceites lubricantes, aceite base y aceite base regenerado tendrán un plazo de 180 días para presentar el Plan de Gestión Integral de Aceite Lubricante Usado y Envases Vacíos, y obtener el registro de generador de residuos y desechos peligrosos y/o especiales ante la Autoridad Ambiental Nacional.

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