Es importante tener presente que las compañías nacionales que tengan entre sus socios o accionistas a compañías extranjeras están obligadas a presentar, hasta el mes de diciembre, a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros la siguiente información:

  • La nómina de las compañías extranjeras que figuraren como socias o accionistas de la compañía local con indicación de su denominación, razón social, nacionalidad y domicilio.
  • Una certificación extendida por autoridad competente del país de origen, que acredite que la sociedad extranjera, socia o accionista de la compañía ecuatoriana, se encuentra legalmente existente en dicho país extranjero.
  • Una lista completa de todos los socios, accionistas o miembros, de la sociedad extranjera que a su vez es socia o accionista de la sociedad local suscrita por el secretario, administrador o funcionario de la prenombrada sociedad extranjera, o por un apoderado legalmente constituido, y certificada ante Notario Público.
  • Las compañías extranjeras en calidad de socios o accionistas que no tengan un domicilio permanente en el país deberán designar un apoderado. Este poder deberá ser apostillado o consularizado, si se extiende en el lugar del domicilio de la compañía.
  • Una lista completa de todos los socios, accionistas o miembros, de la sociedad extranjera que a su vez es socia o accionista de la sociedad local suscrita por el secretario, administrador o funcionario de la prenombrada sociedad extranjera, o por un apoderado legalmente constituido, y certificada ante Notario Público, con indicación de los siguientes datos que se consignará en el formulario emitido para el efecto.
  • En relación a la sociedad extranjera que a su vez sea socia o accionista de la compañía ecuatoriana: denominación completa o razón social de la compañía extranjera, nacionalidad, domicilio.
  • En relación a los socios, accionistas o partícipes actuales de cada compañía extranjera que a su vez sea socia o accionista de la compañía ecuatoriana:
  1. Personas naturales: Nombres y apellidos completos, estado civil, nacionalidad, domicilio.
  1. Personas Jurídicas: Denominación completa o razón social, nacionalidad, domicilio. 

Plazo

Las compañías nacionales que cuenten entre sus accionistas con socios o accionistas extranjeros tienen la obligación de presentar a la compañía local esta información en el mes de diciembre de cada año.

Responsable de la Presentación

El representante legal de la compañía local tiene la obligación de notificar a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, hasta el mes de diciembre.

En caso de que la información no haya variado, bastara que la compañía presente a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros una declaración juramentada de que los documentos siguen siendo válidos.

Sanciones

Si estos documentos no se presentaren antes de la instalación de la próxima junta general ordinaria de accionistas (a celebrarse dentro del primer trimestre del año siguiente) la compañía extranjera, socios o accionistas extranjeros, no podrán concurrir, ni intervenir, ni votar en dicha Junta.

La compañía extranjera, socios o accionistas extranjeros que incumplieren esta obligación por dos o más años consecutivos, podrán ser excluidos de la compañía local, previo acuerdo de la Junta General de Accionistas.

Acerca de EsRoBross – TIAG International

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Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

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