Es importante tener presente que las compañías nacionales que tengan entre sus socios o accionistas a compañías extranjeras están obligadas a presentar, hasta el 5 de febrero del año siguiente, a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros la siguiente información:
Información Anual que deben Actualizar o Presentar:
- La nómina de las compañías extranjeras que figuraren como socias o accionistas de la compañía local con indicación de su denominación, razón social, nacionalidad y domicilio;
- Una certificación extendida por autoridad competente del país de origen, que acredite que la sociedad extranjera, socia o accionista de la compañía ecuatoriana, se encuentra legalmente existente en dicho país extranjero.
- Una lista completa de todos los socios, accionistas o miembros, de la sociedad extranjera que a su vez es socia o accionista de la sociedad local suscrita por el secretario, administrador o funcionario de la prenombrada sociedad extranjera, o por un apoderado legalmente constituido, y certificada ante Notario Público.
- Las compañías extranjeras en calidad de socios o accionistas que no tengan un domicilio permanente en el país, deberán designar un apoderado. Este poder deberá ser apostillado o consularizado, si se extiende en el lugar del domicilio de la compañías.
- Una lista completa de todos los socios, accionistas o miembros, de la sociedad extranjera que a su vez es socia o accionista de la sociedad local suscrita por el secretario, administrador o funcionario de la prenombrada sociedad extranjera, o por un apoderado legalmente constituido, y certificada ante Notario Público, con indicación de los siguientes datos que se consignará en el formulario emitido para el efecto.
- En relación a la sociedad extranjera que a su vez sea socia o accionista de la compañía ecuatoriana: denominación completa o razón social de la compañía extranjera, nacionalidad, domicilio.
- En relación a los socios, accionistas o partícipes actuales de cada compañía extranjera que a su vez sea socia o accionista de la compañía ecuatoriana:
- Personas naturales: Nombres y apellidos completos, estado civil, nacionalidad, domicilio.
- Personas Jurídicas: Denominación completa o razón social, nacionalidad, domicilio.
Plazo:
Según la Ley, los socios o accionistas extranjeros tienen la obligación de presentar a la compañía local esta información en el mes de diciembre de cada año.
Responsable de la Presentación:
El representante legal de la compañía local tiene la obligación de notificar a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, hasta el 5 de febrero del año siguiente. En caso de que la información no haya variado, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, podrá solicitar actualizar la información o solicitar una declaración juramentada de que los documentos siguen siendo válidos.
Sanciones por la No Presentación de la Información:
Si estos documentos no se presentaren antes de la instalación de la próxima junta general ordinaria de accionistas (a celebrarse dentro del primer trimestre del año siguiente) la compañía extranjera, socios o accionistas extranjeros, no podrán concurrir, ni intervenir, ni votar en dicha Junta.
La compañía extranjera, socios o accionistas extranjeros que incumplieren esta obligación por dos o más años consecutivos, podrán ser excluidos de la compañía local, previo acuerdo de la Junta General de Accionistas.
Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.
Mi aporte de hoy: Henry Escalante – EsRoBross