Mediante Acuerdo Interministerial No 0003-2019 entre el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud, firmado el 19 de julio de 2019, emitieron el Instructivo para la adecuación y uso de las salas de apoyo a la lactancia materna en las empresas del sector privado.
Antecedentes
Mediante Acuerdo Interministerial No. 003 entre el Ministerio de Salud y el Ministerio del Trabajo, publicado en el Registro Oficial No. 473 de 23 de abril de 2019, se estableció la norma técnica para la adecuación y uso de las salas de apoyo a la lactancia materna en el sector privado y otorgaba un plazo de 180 días para que los empleadores adecúen las salas de apoyo de lactancia.
El Ministerio de Trabajo realizará inspecciones a los establecimientos de trabajo a fin de verificar la implementación de las salas de apoyo a la lactancia materna. Las sanciones por incumplimiento de esta obligación serán sancionadas con multa de acuerdo con la normativa vigente por el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud Pública, en el ámbito de sus competencias y conforme lo previsto en las leyes vigentes.
La norma es de obligatorio cumplimiento para todos los empleadores del sector privado que tengan bajo su dependencia al menos a una persona en periodo de lactancia.
Implementación de Salas de Lactancia
El registro de la adecuación, implementación y uso de las salas de apoyo a la lactancia materna se realizará en el Sistema Único de Trabajo (SUT).
Los empleadores que cuenten con 50 o más trabajadoras en edad fértil deberán contar permanentemente con una sala de lactancia.
- En casos de que la empresa cuente con sucursales, el número de mujeres será considerado en cada establecimiento físico.
- Las dimensiones de la sala deben ser adecuadas y acorde a la cantidad de mujeres que puedan requerir de ella en forma simultánea, considerando una superficie mínima de 2 metros cuadrados por mujer.
- El espacio debe ser exclusivo para el uso como lactario y debe tener acceso directo; debe ser independiente del baño.
- Los parámetros físicos del lactario como los muebles y equipos son: mesa, sillón individual con apoyabrazos, refrigerador de al menos 45 litros con termómetro de uso exclusivo para el almacenamiento de leche materna.
- El espacio debe ser limpiado diariamente
Los empleadores que no cuenten con el número de trabajadoras establecidas y tengan entre 1 y 4 mujeres en periodo de lactancia deberán adecuar un espacio temporal para este fin; puede ser una oficina, una sala de reuniones o, incluso, la colocación de un biombo o cortina corrediza a fin de garantizar su privacidad, en donde: El ambiente debe ser tranquilo y debe estar destinado exclusivamente como sala de lactancia durante el periodo que sea necesario y los muebles y equipos deben ser: mesa, sillón individual con apoyabrazos; si no se dispone de un refrigerador de las especificaciones establecidas para las salas permanentes, se puede contar con una hielera o cooler.
Los empleadores que tengan más de 5 mujeres en periodo de lactancia deberán implementar una sala de lactancia temporal y debe estar destinado exclusivamente como sala de lactancia durante el periodo que sea necesario. En edificaciones donde funcionen varias empresas o locales se podrá adecuar lactarios de uso común para todas las empresas.
Obligaciones del Empleador
- La madre dentro de su jornada de 6 horas tendrá derecho a recibir un permiso de 20 minutos por cada 2 horas para el amamantamiento o extracción de la leche materna; este periodo no incluye el desplazamiento a la sala. Este periodo no puede ser acumulado ni canjeado por salidas anticipadas.
- Una vez terminado el periodo de lactancia, el empleador podrá otorgar por 12 meses adicionales 20 minutos cada tres 3 horas para la extracción de la leche materna.
- El empleador deberá llevar el registro interno de uso diario de la sala de lactancia.
Promoción de Lactancia Materna
El empleador es responsable de impulsar y realizar actividades de promoción de lactancia y deberá realizar:
- Campañas de sensibilización al personal de la empresa sobre la importancia del apoyo a las madres en periodo de lactancia; lactancia materna exclusiva y continua; así como de la importancia de la extracción y conservación de la leche materna. Así mismo, se deben promover grupos de apoyo a la lactancia.
- Mantener una cartelera informativa en la que consten las reglas de uso de la sala de lactancia, las técnicas del lavado de manos, información sobre lactancia materna, entre otros.
- Implementar estrategias de prevención de riesgos laborales en periodo de gestación y lactancia
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