El Ministerio del Trabajo publicó el 28 de mayo, en su página web, la guía de actuación para la prevención y control de COVID-19 durante la jornada presencial de trabajo.

Resumen de la Guía

La Guía estable disposiciones para empleadores públicos y privados que cuenten con uno (1) a diez (10) trabajadores y/o servidores, así como artesanos y, para empleadores públicos y privados, con más de diez (10) trabajadores y/o servidores.

Para ello el empleador puede considerar teletrabajo, turnos de trabajo escalonados, reducción de operaciones, prestación de servicios a distancia, sustitución de reuniones presenciales por comunicaciones virtuales, distribución de máquinas y equipos, espacios en comedores, baños u otros.

Pirámide de Riesgo

Riesgo Muy Alto de Exposición

Trabajadores y/o servidores del cuidado de la salud.

Personal del cuidado de la salud o de laboratorio recopilando o manejando especímenes de pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19.

Trabajadores y/o servidores de morgues que realizan autopsias.

Riesgo Alto de Exposición

Trabajadores de apoyo y atención del cuidado de la salud.

Trabajadores y/o servidores de transportes médicos.

Trabajadores y/o servidores mortuorios involucrados en la preparación (por ej. Para entierro o cremación) de los cuerpos de personas que se conoce o se sospecha que portaban el COVID-19 al momento de su muerte.

Riesgo Medio de Exposición

Los trabajos con riesgo medio de exposición incluyen aquellos que requieren un contacto frecuente y/o cercano (por ej. Menos de 1,8 metros de distancia) con personas que podrían estar infectadas con el SARS-CoV-2, pero que no son pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19.

Riesgo bajo de exposición (de precaución)

Los trabajadores con un riesgo de exposición bajo (de precaución) son aquellos que no requieren contacto con personas que se conoce o se sospecha que están infectados con el SARS-CoV-2 ni tienen contacto cercano frecuente (por ej. Menos de 1,8 metros de distancia) con el público en general. Los trabajadores y/o servidores en esta categoría tienen un contacto ocupacional mínimo con el público y otros compañeros de trabajo.

Grupos Prioritarios y en Condiciones de Vulnerabilidad

Personas mayores a 60 años, mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad, personas con trastornos inmunitarios; y aquellas personas consideradas como personal sustituto o a cargo de personas con discapacidad, enfermedades crónicas, enfermedades catastróficas o al cuidado de niños en etapa escolar.

El teletrabajo debe ser prioritario para las personas que pertenecen a este grupo.

Trabajadores y/o Servidores Públicos que No Deben Asistir al Lugar de Trabajo

  • Trabajadores y/o servidores públicos con diagnóstico confirmado de COVID-19.
  • Trabajadores y/o servidores que presenten sintomatología asociada con COVID-19 hasta descartar la confirmación de un caso positivo.
  • Trabajadores y /o servidores públicos que han estado en contacto estrecho o compartido un espacio físico sin guardar la distancia interpersonal con un caso confirmado de COVID-19, incluso en ausencia de síntomas. Se deberá inmediatamente contactarse con el 171 o con el responsable de salud en el trabajo en el centro o lugar de trabajo.
  • Trabajadores y/o servidores publicos considerados en condiciones de vulnerabilidad o grupos prioritarios. Se permite el trabajo presencial de personal con vulnerabilidad: cuando su actividad no se la pueda ejecutar mediante teletrabajo, y exista evaluación del responsable de salud en el trabajo y bajo criterio médico se dictamine que pueden asistir a laborar de forma presencial; y cuando la condición de vulnerabilidad no represente probabilidad de contagio de la COVID-19, de acuerdo con una evaluación previa.

Medidas de Protección Básicas

  • Elaborar un protocolo para el ingreso y salida de los trabajadores y/o servidores públicos.
  • Instruir a los trabajadores y/o servidores públicos sobre el lavado frecuente de manos con agua y jabón líquido durante al menos 40 segundos, o limpieza de manos con un desinfectante a base de alcohol que contenga al menos 70% de alcohol; que incluye el colocar rotulado. Esta medida aplicará también a clientes, visitantes, proveedores, contratistas, subcontratistas, etc. El empleador garantizará el suministro permanente de agua, jabón líquido, toallas secantes y desinfectantes para manos a base de alcohol.
  • Fomentar buenos hábitos de higiene respiratoria; que incluye el colocar rotulado.
  • No saludar de mano, besos o abrazos.
  • Mantener distanciamiento físico de 2 metros.
  • Asegurar procesos de limpieza y desinfección frecuente de las oficinas, superficies, equipos y otros elementos del entorno de trabajo
  • Evitar, en la medida de lo posible, el que se comparta material o herramientas de trabajo. En caso de hacerlo, deben ser desinfectados antes y después de su uso.
  • Procurar un traslado personal de forma segura.
  • Realizar una evaluación de riesgo de exposición al SARS-CoV-2 según el puesto de trabajo, que considerará la industria.
  • Tomar medidas para prevención de riesgo psicosocial que podría acarrear un caso de COVID-19 en el lugar de trabajo.
  • Una vez determinado el nivel de riesgo de exposición al SARS-CoV-2, se deberán adoptar medidas de prevención y control que estimaren convenientes
  • Evaluar los factores de riesgo individual de los trabajadores que pertenecen a los grupos de atención prioritaria y en condiciones de vulnerabilidad con documentación que respalde su condición.

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