En este mes las obligaciones tributarias que deben observar los contribuyentes son:

Primera Cuota del Anticipo del Impuesto a la Renta.

Mediante Decreto Ejecutivo No. 806, suscrito el 25 de junio de 2019, se modifica la forma y fechas para el pago del Anticipo de Impuesto a la Renta. La Reforma señala que el valor calculado por concepto de Anticipo de Impuesto a la Renta será pagado en cinco cuotas iguales durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre, de acuerdo con el noveno dígito del RUC o cédula, según el siguiente calendario:

 Noveno dígito del RUC o cédula de identidad Fecha máxima de presentación
1 10 del mes correspondiente
2 12 del mes correspondiente
3 14 del mes correspondiente
4 16 del mes correspondiente
5 18 del mes correspondiente
6 20 del mes correspondiente
7 22 del mes correspondiente
8 24 del mes correspondiente
9 26 del mes correspondiente
0 28 del mes correspondiente

Declaración y Pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en Exportaciones de Bienes y Servicios.

En este mes, los sujetos pasivos del ISD que no retornen al país las divisas generadas en exportaciones de bienes y servicios durante el ejercicio fiscal 2018, deberán declarar y pagar el ISD mediante Formulario 109.

Para efectos del cálculo de este impuesto, se consideran todas aquellas exportaciones realizadas entre enero y diciembre de 2018.

Presentación del Informe de Cumplimiento Tributario (ICT).

Los sujetos pasivos obligados a la contratación de auditores externos deberán presentar ante el Servicio de Rentas Internas en este mes de julio, el Informe de Cumplimiento Tributario y sus anexos, correspondientes al ejercicio fiscal 2018, de acuerdo con el noveno dígito del RUC.

Proyección de Gastos Personales (AGP).

Los trabajadores bajo relación de dependencia que consideren que su proyección de gastos personales susceptibles de deducción de impuesto a la renta por el ejercicio 2019, será diferente a la originalmente presentada en el mes de enero, podrán en este mes, entregar a su empleador, un nuevo documento para la reliquidación de las futuras retenciones de impuesto a la renta que correspondan.

Acerca de EsRoBross – TIAG International

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Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

Mi aporte de hoy: Henry Escalante – EsRoBross – TIAG International

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