Durante el mes de febrero se deben cumplir con las siguientes obligaciones societarias, laborales y tributarias  

Nómina de Compañías Extranjeras como Socios o Accionistas  

Las personas jurídicas nacionales que tengan entre sus socios o accionistas a personas jurídicas extranjeras están obligadas a presentar hasta el 5 de febrero, a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, lo siguiente:

  • Certificación apostillada o autenticada por el cónsul ecuatoriano que acredite la existencia legal de la sociedad extranjera accionista de la compañía ecuatoriana.
  • Lista de todos los accionistas de la sociedad extranjera, suscrita y certificada ante Notario Público, hasta la última persona natural propietaria de estos derechos, con indicación de los nombres y apellidos completos, nacionalidad y domicilios de cada socio, accionista o miembro revelado.

Si la sociedad extranjera que fuere accionista de una compañía anónima ecuatoriana estuviere registrada en una o más bolsas de valores extranjeras, deberá presentar una declaración juramentada de tal registro y del hecho de que la totalidad de su capital se encuentra representado exclusivamente por acciones, participaciones o títulos nominativos.

  • Poderes debidamente apostillado o consularizado otorgados por los accionistas o socios extranjeros en compañías ecuatorianas a favor de representantes domiciliados en el país. Las compañías extranjeras en calidad de socios o accionistas que no tengan un domicilio permanente en el país deberán designar un apoderado. 

Presentación de Anexo de Gastos Personales

Las personas naturales cuyos gastos personales deducibles superen el 50% de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo declarado, están obligados a presentar la información relativa a los gastos personales, correspondiente al año 2017.

La información del anexo de gastos personales se presentará en el mes de febrero de acuerdo al siguiente calendario:

Noveno dígito del RUC o cédula

Fecha máxima de entrega

1

10 de febrero

2

12 de febrero

3

14 de febrero

4

16 de febrero

5

18 de febrero

6

20 de febrero

7

22 de febrero

8

24 de febrero

9

26 de febrero

0

28 de febrero

Presentación del Anexo de Accionistas, Participes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores (en adelante APS)

Esta información deberá ser reportada por:

  • Las sociedades conforme a la definición del Artículo No. 98 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
  • Las sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país y
  • Los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes.

El anexo APS correspondiente al periodo fiscal 2017 contendrá el detalle de su composición societaria con corte al 31 de diciembre del mismo año, el cual deberá ser presentado previo a su declaración de Impuesto a la Renta del mismo ejercicio fiscal en el mes de febrero de 2018, de acuerdo con la siguiente tabla:

Noveno dígito del RUC

Fecha máxima de entrega

1

10 de febrero

2

12 de febrero

3

14 de febrero

4

16 de febrero

5

18 de febrero

6

20 de febrero

7

22 de febrero

8

24 de febrero

9

26 de febrero

0

28 de febrero

Presentación de Información Sobre Activos Monetarios en el Extranjero, período 2014

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC17-0000609 emitida por el Servicio de Rentas Internas (en adelante “SRI”) y publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 148 del 27 de diciembre de 2017, modificó la fecha para la presentación de los activos monetarios mantenidos en el exterior.

El plazo se modifica de conformidad al siguiente calendario:

Período

Fecha máxima de presentación

Año 2014

Hasta el 28 de febrero de 2018

Año 2015

Hasta el 30 de marzo de 2018

Año 2016

Hasta el 30 de abril de 2018

Año 2017

Hasta el 31 de mayo de 2018

Recordemos que el SRI, mediante Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000566 emitida el 9 de noviembre de 2017 y publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 123 el 20 de noviembre de 2017, estableció la obligatoriedad de que las personas naturales y las sociedades residentes en el Ecuador, reporten al SRI la información respecto de sus activos monetarios que mantengan en entidades financieras del exterior desde el año 2014. 

En caso de que los contribuyentes obligados no cumplan con la presentación de la información requerida, serán sancionados de conformidad con la normativa tributaria vigente. El cumplimiento de la sanción impuesta no exime de la obligación de presentar la información. 

Acerca de EsRoBross

EsRoBross es una Firma de servicios profesionales en las áreas de auditoría, impuestos y asesoramiento a empresas de capital privado, empresas públicas globales, empresarios, personas de alto patrimonio neto y organizaciones sin fines de lucro. EsRoBross es miembro de TIAG International y está entre las firmas de auditoría más respetables en Guayaquil y una de las firmas de auditoría clasificadas como internacionales en Ecuador. Durante más de 15 años, EsRoBross ha recomendado estrategias que dan a nuestros clientes una ventaja competitiva. Nuestra propuesta de valor es ofrecer a los clientes un modelo operativo práctico, con profesionales altamente involucrados en la prestación de servicios al cliente. Por favor visite nuestro sitio web para nuestra lista completa de servicios: www.esrobross.com.ec 

Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

Mi aporte de hoy: Henry Escalante – EsRoBross – TIAG International

 

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