El Comité de Operaciones Especiales COE Nacional emitió la guía y plan general para el retorno progresivo a las actividades laborales MTT6-003 -2020 (versión 6.0 de 25 de abril de 2020) para el retorno progresivo a las actividades laborales.

Resumen de la Guía y Plan General

Para establecer un proceso de retorno progresivo al trabajo en las empresas del sector privado e instituciones del sector público se deberá tomar en consideración algunos factores como son: sectores involucrados, localidades, densidad poblacional, naturaleza de las actividades, ubicación de los trabajadores, identificación de personal en riesgo, entre otros.

La principal modalidad recomendada es el teletrabajo estableciendo parámetros rigurosos de control verificando el cumplimiento de actividades.

El Ministerio del Trabajo efectuará los controles necesarios a fin de monitorear y verificar el cumplimiento de estas obligaciones en el sector público y privado. El proceso de retorno progresivo tendrá como paraguas la Estrategia ProSalud con lo cual se asegurará la promoción de la salud, y prevención de la enfermedad de los trabajadores.

Para iniciar las actividades laborales, se deberá tomar en cuenta, entre otros, los siguientes lineamientos generales:

Trabajadores/as que No Deben Asistir al Lugar de Trabajo:

  • Personas que presenten sintomatología asociada con COVID-19, hasta descartar la confirmación de un caso positivo.
  • Personas que han estado en contacto estrecho o compartido un espacio físico sin guardar la distancia interpersonal con un caso confirmado de COVID-19, incluso en ausencia de síntomas, por un período de al menos 14 días.
  • Personas que se encuentran dentro de los grupos de atención prioritaria y factores de riesgo; como personas con discapacidad, tercera edad, embarazadas o por padecer enfermedades catastróficas o afecciones médicas anteriores como, por ejemplo, hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer o inmunodepresión, entre otras.
  • Personas mayores a 55 años por estar considerado como de riesgo.

Desplazamientos al lugar de trabajo y retorno a su hogar:

  • En los desplazamientos realizados por medio de transporte público, bus de la empresa u otro medio de transporte (taxi), se deberá guardar la distancia interpersonal con las otras personas; además, del uso de mascarilla.
  • Si se traslada a su lugar de trabajo a pie, en bicicleta, moto o scooter, es obligatorio que lleve mascarilla. Guarde la distancia interpersonal cuando vaya caminando por la calle.
  • Siempre que pueda, es preferible en esta situación el transporte individual.
  • Para garantizar el acceso del personal de forma segura y protegida, en el caso de transportes institucionales, las unidades deben aplicar procesos de desinfección, de acuerdo con lo establecido en el Protocolo de Limpieza y Desinfección de Unidades de Transporte Público de la Agencia Nacional de Tránsito.
  • Limpieza y desinfección de manos antes y después de hacer uso de los medios de transporte.

Seguridades en el lugar del trabajo:

  • Se deberá explicar a los trabajadores las normas de prevención y control de riesgos y riesgo biológico.
  • Registrar durante el ingreso información de la salud de los trabajadores, y la toma de temperatura.
  • Realizar un adecuado lavado de manos con jabón líquido y desinfección, al ingreso a su lugar trabajo y luego de tener contacto con superficies y áreas comunes.
  • Es imprescindible usar mascarilla durante la jornada laboral.
  • Los trabajadores deberán mantener la distancia interpersonal de al menos 2 metros durante todo momento.
  • Se deberán cerrar las áreas comunes no imprescindibles y en aquellas necesarias se establecerán procedimientos adecuados para mantener el distanciamiento social.
  • Se debe organizar la entrada al trabajo de forma escalonada para evitar aglomeraciones.
  • Si el espacio de trabajo no permite mantener la distancia interpersonal, se debe contemplar la posibilidad de redistribuir las tareas, modificar horarios de trabajo y/o hacerlas por teletrabajo.
  • En aquellos establecimientos abiertos al público, se deberá implementar medidas para minimizar el contacto entre las personas trabajadoras y los clientes o público en general. Se mantendrá distancia, se limpiará y desinfectará el lugar de trabajo después de atender a un cliente, entre turnos de trabajo y durante el descanso del personal del centro de trabajo.

Medidas de Higiene en el Lugar de Trabajo:

  • Se deberá proveer al personal de los productos de higiene, adaptándose a cada actividad concreta, tales como jabón líquido, pañuelos desechables y alcohol en gel al 70%.
  • Se debe mantener un aprovisionamiento suficiente del material de limpieza.
  • Se deberá contar con aprovisionamiento suficiente de material de protección, de acuerdo al riesgo al que se encuentre expuesto el trabajador o funcionario.
  • Mantener ventilación natural y circulación de aire en los espacios de trabajo.
  • Cumplir con los mantenimientos periódicos de los filtros de aire
  • Es necesario realizar un plan de contingencia, identificando el riesgo biológico de las diferentes actividades que se desarrollan en el lugar de trabajo, adoptando medidas de protección en cada caso de acuerdo con la normativa aplicable. Así como establecer mecanismos que permitan identificar, aislar, captar y notificar casos de trabajadores que manifiesten signos y síntomas en su lugar de trabajo, con el objeto de prevenir la propagación de COVID-19.
  • En aquellas empresas que cuenten con dispensarios médicos, se sugiere disponer de pruebas diagnósticas para activar el protocolo en caso de sintomatología.
  • Se deberá hacer un seguimiento de los casos con resultados positivos, implementando los protocolos sanitarios vigentes en articulación con el establecimiento de salud más cercano.

Obligaciones de los trabajadores:

  • Cumplir con todas las medidas de prevención que indique el empleador.
  • Mantener la distancia interpersonal de al menos 2 metros.
  • Evitar el saludo con contacto físico, incluido el dar la mano o beso.
  • Evitar utilizar equipos y dispositivos tecnológicos de otros trabajadores.
  • No se debe compartir o reusar equipos de protección personal de otros trabajadores.
  • Lavarse frecuentemente las manos con agua y jabón líquido
  • Si empieza a notar síntomas, reporte al médico ocupacional, o la Unidad de Talento Humano o al técnico de seguridad o salud ocupacional, a fin de que extremen precauciones y coordinen la valoración médica.
  • Informar si han estado en contacto con personas que fueron diagnosticadas con COVID-19.

La guía y plan general MTT6-003 – Versión 6.0 de 2020 contiene, además, lineamientos específicos según los ámbitos sectoriales, para manejo de residuos, entre otros.

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