Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000053 del 9 de diciembre de 2021, el Servicio de Rentas Internas (SRI), determinó que para los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024, la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), prevista en el numeral 2 del artículo 159 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, es decir, cuando el hecho generador se produzca con la utilización de tarjetas de crédito o de débito por consumos o retiros efectuados desde el exterior, aplica respecto de un monto anual equivalente a cinco mil ciento nueve dólares de los Estados Unidos de América con setenta y nueve centavos (USD 5.109,79), de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor – IPC General a noviembre de 2021, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.

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