Mediante Resolución No. NAC-DGERCG15-00000664, publicada en el Registro Oficial No. 598 el 30 de septiembre de 2015, el Servicio de Rentas Internas, reformó las Normas para la devolución de los valores pagados por personas adultas mayores, de Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), en la adquisición de bienes y/o servicios, para su uso y consumo especial.

Resumen de la Resolución:

Procedimiento:

  • Para acceder al derecho, el beneficiario debe haber cumplido sesenta y cinco (65) años de edad al momento de producirse la adquisición de bienes o servicios.
  • Se consideran bienes y servicios de primera necesidad aquellos relacionados con vestimenta, vivienda, salud, comunicación, alimentación, educación, cultura, deporte, movilidad y transporte.”

Presentación de la Solicitud de Devolución:

  • La solicitud de devolución podrá presentarse en las oficinas del Servicio de Rentas Internas, de acuerdo al formato publicado en el portal web del SRI, www.sri.gob.ec
  • A la solicitud se deberá adjuntar los originales de los comprobantes de venta y/o de las declaraciones aduaneras de importación, o copias certificadas por el proveedor, ordenadas cronológicamente por mes, en los que deberá constar la cédula de identidad o ciudadanía, nombres y apellidos, fecha de emisión y los valores correspondientes al Impuesto al Valor Agregado y/o al Impuesto a los Consumos Especiales, debidamente desglosados.
  • Los comprobantes de venta electrónicos podrán ser presentados mediante un listado. Para el efecto, el Servicio de Rentas Internas pondrá a disposición de las personas adultas mayores el formato del listado en la página www.sri.gob.ec

La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Registro Oficial.

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