Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000469 de septiembre 8 de 2017, el Servicio de Rentas Internas (en adelante “SRI”), estableció el Anexo de Notarios, Registradores de la Propiedad y Registradores Mercantiles (en adelante el “Anexo”); para lo cual, derogó la Resolución No. NAC-DGERCGC10-00132 y la Resolución No. NAC-DGERCGC10-00267.

Resumen de la Resolución

El Anexo deberá ser presentado hasta el último día del mes siguiente al que corresponda la información a través del portal web institucional del SRI. La información correspondiente a aumentos de capital se presentará hasta el último día del mes de enero del año siguiente al de su inscripción.

El Anexo se deberá presentar, aun cuando durante dicho periodo no se hubiese generado la información respectiva.

Para el caso de cantones donde no exista Registrador Mercantil, el Anexo le corresponde presentar al Registrador de la Propiedad.

Información a Presentar

Notarios:

  • Declaraciones juramentadas respecto de la destrucción de inventarios o de actos de donación de inventarios.
  • Instrumentos que consten en su protocolo y por los cuales se haya efectuado una posesión efectiva de bienes.
  • Instrumentos que consten en su registro y por los cuales se haya dispuesto la transferencia de bienes inmuebles, en caso de que exista dentro de este, constancia de pagos en efectivo que superen los USD 5.000.

Registradores de la Propiedad:

  • Instrumentos que consten en su registro y por los cuales se haya efectuado una partición hereditaria.
  • Testamentos que consten en su registro
  • Instrumentos que consten en su registro y por los cuales se haya dispuesto la transferencia de bienes o derechos, entre ascendientes y descendientes o en las que participen estos a través de terceros, cuando los bienes y derechos han sido de su propiedad hasta dentro de los cinco años anteriores.
  • En los cantones en los que no existe Registrador Mercantil, la información de sociedades relativa a los aumentos de capital que sean inscritos por estas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.

Registradores Mercantiles:

  • Información de sociedades relativa a los aumentos de capital que sean inscritos por estas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.

Disposición Transitoria Única

Los Notarios deberán presentar la información correspondiente al año 2017, referente a trasferencias de bienes inmuebles, cuando existan pagos en efectivo superiores a USD 5.000, en base al siguiente calendario:

Mes a Declarar

Fecha Máxima de Entrega

Enero, Febrero y Marzo de 2017

Octubre 2017

Abril, Mayo y Junio de 2017

Noviembre 2017

Julio, Agosto y Septiembre de 2017

Diciembre 2017

Octubre, Noviembre y Diciembre de 2017

Enero 2018

Indicadores Económicos

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