Mediante Resolución No. NAC- GTRRIOC21-00000001 de 30 de diciembre de 2021, el SRI determinó el catastro de Agentes de Retención de Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado.

Si eres Agente de Retención, deberás:

En pagos a Emprendedores (Cuando recibes Factura)

  • Retener el 1% por Renta (Código 343 hasta que salga un código especifico).
  • En IVA se deberá retener 30% y 70%, dependiendo si es bien o servicios.

En pagos a Negocios Populares (Cuando recibes Nota de Venta)

  • Retener el 0% por Renta (Código 332 hasta que salga un código especifico).
  • En IVA; Cuando se tenga derecho a crédito tributario, se deberá preparar una Liquidación de Compra, el IVA se calculará del valor total de la Nota de Venta y se retendrá el 100%, caso contrario no se retiene.

Régimen RIMPE:

  • Negocios Populares: Ingresos gravados desde USD 0 a USD 20.000.
  • Emprendedores: Ingresos desde USD 20.000,01 a USD 300.000.

Acerca de ERB – TIAG International

EsRoBross es una Firma de servicios profesionales en las áreas de auditoría, impuestos y asesoramiento a empresas de capital privado, empresas públicas globales, empresarios, personas de alto patrimonio neto y organizaciones sin fines de lucro. EsRoBross es miembro de TIAG International. Durante más de 19 años, EsRoBross ha recomendado estrategias que dan a nuestros clientes una ventaja competitiva. Nuestra propuesta de valor es ofrecer a los clientes un modelo operativo práctico, con profesionales altamente involucrados en la prestación de servicios al cliente. Por favor visite nuestro sitio web para nuestra lista completa de servicios: www.esrobross.com.ec

Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

Mi aporte de hoy: Henry Escalante – EsRoBross – TIAG International

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