Mediante Resolución No.002-2015 emitida por el Presidente de la República y publicada en el cuarto suplemento del Registro Oficial No. 598 del 30 de septiembre de 2015, a partir de enero 02 de 2016, se prohíbe a las instituciones que integran la administración central, institucional y dependiente de la Función Ejecutiva, solicitar a los ciudadanos, copias de la cédula y/o del certificado de votación para la realización de cualquier trámite al interior de cada institución,

Las indicadas entidades deberán, de manera obligatoria, utilizar las fichas de datos en formato digital que serán elaboradas por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, a través del portal INFODIGITAL

Share This