Mediante Resolución No. NAC-DGERCG20-00000020, el Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció nuevos porcentajes de retención en la fuente de impuesto a la renta.

Resumen de la Resolución

Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo realizarán las retenciones en la fuente en base al siguiente detalle:

Concepto: % de Retención Anterior Nuevo % de Retención
Adquisición de todo tipo de bienes de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuáticos, forestal y carnes, que se mantengan en estado natural. 1% 1,00%
Adquisición de producción y comercialización local de actividades agropecuarias. 1% 1,00%
Adquisición de todo tipo de bienes muebles de naturaleza corporal 1% 1,75%
Pagos o créditos en cuenta no contemplados en los porcentajes específicos de retención 2% 2,75%

No estará sujeto a retención la compra de combustible, ni los pagos sobre los que la normativa tributaria vigente lo establezca de manera expresa.

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