Se entiende por acoso laboral todo trato hostil o vejatorio al que es sometida una persona en el ámbito laboral de forma sistemática, que le provoca problemas psicológicos y profesionales.

En octubre de 2017, la Asamblea Nacional se allanó a la objeción parcial al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del servicio Público y al código del Trabajo para prevenir el acoso laboral, en las dos leyes (LOSEP y Código de Trabajo) se introduce el término “acoso laboral” por lo que el texto definitivo de la ley se deberá remitir al Registro Oficial para su promulgación.

Resumen del Proyecto de Ley

  • El acoso podrá considerarse como una actuación discriminatoria tomando en cuenta las circunstancias que lo originan.
  • Las denuncias de acoso laboral serán valoradas por la autoridad de trabajo. La autoridad deberá tomar en cuenta la capacidad de las conductas de someter a un trabajador a presión para provocar su marginación, renuncia o abandono de su puesto de trabajo.
  • Los empleadores deberán implementar programas de capacitación y políticas orientadas a identificar el acoso laboral en cualquier modalidad y prevenir el cometimiento de toda forma de discriminación, hostigamiento, intimidación y perturbación que se pudiera generar en la relación laboral con los trabajadores y de éstos con el empleador. 

Causal de Visto Bueno  

El empleador (público o privado) podrá dar por terminada la relación laboral, previo visto bueno, cuando el trabajador haya cometido actos de acoso laboral, ya sea de manera individual o coordinada con otros individuos, hacia un compañero o compañera de trabajo, hacia el empleador o empleadora o hacia un subordinado o subordinada en la compañía.

El servidor público que cometa acoso, ya sea hacia un compañero o compañera, un superior o un subalterno, será destituido.

Indemnización por Acoso Laboral  

El trabajador (público o privado) podrá solicitar ante la autoridad laboral, visto bueno cuando sufra acoso laboral, cometido o permitido por acción u omisión por el empleador o sus representantes legales. En caso de ser concedido el visto bueno al trabajador, el empleador deberá pagar una indemnización equivalente a un año de remuneración. De igual manera, podrá ordenarse que se dé una disculpa pública de los hechos.

Indicadores económicos

 

Acerca de EsRoBross

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