Este nuevo estándar establece un marco general para el reconocimiento y medición de los ingresos de actividades ordinarias, basado en el principio de que los ingresos se reconocen por un monto que refleje la contraprestación a la que la entidad espera tener derecho a cambio de transferir bienes o servicios a un cliente.

Este principio fundamental debe ser aplicado en base a un modelo de cinco pasos: (1) identificación del contrato con el cliente; (2) identificación de las obligaciones de desempeño del contrato; (3) determinación del precio de la transacción; (4) asignación del precio de la transacción a las obligaciones de desempeño; y (5) reconocimiento de los ingresos cuando (o a medida que) se satisfacen las obligaciones de desempeño.

Posible Impacto de la Aplicación de la Norma

Las compañías deben llevar a cabo un proyecto de implementación, para identificar y medir los posibles impactos de la aplicación de la NIIF 15 en sus estados financieros el cual involucra la identificación de todos los flujos de ingresos de actividades ordinarias, una evaluación exhaustiva de cada tipología de contratos con clientes y la determinación de la metodología de registro de estos ingresos bajo las normas vigentes, identificación de las obligaciones contractuales, contratos con múltiples obligaciones y oportunidad del reconocimiento, contratos con contraprestación variable, componente de financiación significativo y capitalización de los costos de obtener y cumplir con un contrato

EsRoBross ha elaborado un cuestionario que ponemos a su consideración como Guía para diagnosticar el impacto e implementación de la Norma Internacional de Información Financiera NIIF 15.

PROGRAMA DE DIAGNOSTICO APLICACIÓN DE NIIF 15

Objetivo del diagnóstico:

  1. Verificar que la compañía haya adoptado la Norma que entró en vigor y aplique su marco contable.
  2. Documentar la evaluación del reconocimiento, medición y revelación de la aplicación de esta Norma.
  3. Haya determinado los impactos de aplicación de la Norma y sus implicaciones.
  4. Haya corregido sus políticas contables en base a la aplicación de esta nueva Norma.
  5. Haya cuantificado los ajustes específicos (en caso de aplicar) por el cambio de política contable por aplicación de la nueva Norma.

Procedimiento

  Si No Observación
La NIIF 15 (párrafo 9) establece que, para llevar a cabo la evaluación y análisis del reconocimiento de los
ingresos, la compañía debe identificar el tipo de contrato de acuerdo a la modalidad de su negocio, aplicando lo siguiente:  
A -) Criterios de reconocimiento:  
1 ¿Los contratos están aprobados por las partes?
2 ¿Se establecen derechos y obligaciones?
3 ¿Están definidos los términos de pago?
4 ¿Tienen sustancia comercial?
5 ¿Alta probabilidad de cobro?  
B -) Combinación de contratos:  
¿En un mismo contrato existen diversos tipos de bienes o servicios contratados?  
C -) Modificaciones a los contratos:  
¿La compañía permite modificaciones a los contratos actuales sobre su alcance o en precio de transacción?  
Nota: cuando no existe contrato y solo existe factura de venta que reúnen en parte estos requisitos existe un contrato implícito.
                                                         
La NIIF 15 (párrafo 22) establece que, para llevar a
cabo la evaluación y análisis del reconocimiento de
los ingresos, la compañía debe identificar las obligaciones de desempeño de cada contrato con los clientes (Venta de bienes o servicio, transporte, derecho de devolución, seguridad, custodia, asistencia técnica, etc.) y determinar el precio de cada obligación de desempeño (fijas y variables), por lo que:  
¿La compañía identificó las obligaciones de desempeño en los contratos de ventas o servicios con los clientes?
                                         
La NIIF 15 (párrafo 31, 35, 38) establece que, para llevar a cabo la evaluación y análisis del momento delreconocimiento de los ingresos, la compañía debe reconocer los ingresos cuando cada obligación de desempeño se haya alcanzado, por lo que:  
¿La compañía reconoce sus ingresos cuando cada
obligación de desempeño se ha alcanzado?  
¿La compañía tiene contraprestaciones variables en el precio de la transacción (descuento-garantía-devoluciones, mantenimiento, etc.)?  
¿La compañía ha registrado provisión del componente variable (transporte – devoluciones)?  
¿La compañía en el precio tiene la existencia de un
componente de financiación significativo?   ¿La compañía ha registrado la provisión del componente de financiación significativo?
                                                                                         
La NIIF 15 (párrafo 77 – 90) establece que se debe asignar el precio del contrato (bien o servicio) a las obligaciones de desempeño identificadas, por lo que:  
¿La compañía asignó el precio del contrato (bien o servicio) a las obligaciones de desempeño identificadas?
                         
La NIIF 15 establece las siguientes opciones de
transición:
Transición retroactiva total, se modifican las cifras del ejercicio comparativo y no se necesita re-expresar los contratos terminados que comiencen y terminen en el mismo ejercicio anual.  
Transición retroactiva modificada, cuyo efecto acumulado no debe ser comparativo; no se modifican las cifras del ejercicio comparativo, se ajustan las reservas iniciales del ejercicio de aplicación inicial, 2017 se aplica NIC 18 y NIC 11 y cuyo efecto acumulado se ve en el 2018 cuyos contratos deben ser registrados con NIIF 15.  
¿Indique cual aplicó la compañía?
                                   

En caso de requerirlo, EsRoBross puede asistirlo en el proceso de diagnóstico del impacto e implementación de la Norma Internacional de Información Financiera NIIF 9, NIIF 15 y NIIF 16.

Acerca de EsRoBross – TIAG International

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Importante: Este TOP Memo, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión, en vista de que solo se trata de un documento informativo.

Mi aporte de hoy: Henry Escalante – EsRoBross – TIAG International

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